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Boletín N°. 1743 Piden crear áreas especiales para hijos de mujeres estudiantes en universidades públicas

La Comisión de Equidad y Género, que preside la diputada Martha Elena García Gómez, aprobó un dictamen con punto de acuerdo que exhorta a los rectores de las universidades públicas del país a la creación de espacios infantiles, destinados a brindar el servicio de atención y cuidado a las hijas e hijos de las estudiantes, con el propósito de evitar su deserción y apoyar su desarrollo educativo.

El documento señala que de la población joven, únicamente 24.7 por ciento asiste a la escuela. A los 15 años el porcentaje asciende a 65.6 y disminuye en las edades siguientes, de tal manera que a los 17 años acude 45.4; a los 19 años, 29.9; y a los 22 17.6 por ciento.

Refiere que el porcentaje de asistencia escolar de los hombres jóvenes es de 26.1 y en las mujeres 23.5. La mayor diferencia entre las tasas de asistencia ocurre a los 22 años, donde 15.1 por ciento de los hombres y 11.8 por ciento de las mujeres asisten a la escuela. El promedio de escolaridad de los hombres jóvenes es de 8.6 años por 8.5 años de las mujeres.

La carencia de recursos y la necesidad de contribuir económicamente al sostenimiento familiar explican en alrededor de 35 por ciento la deserción escolar que ocurre entre la juventud. Asimismo, el embarazo, el matrimonio y la falta de apoyo familiar, contribuyen en un 14 por ciento a que las jóvenes dejen sus estudios, subraya.

Por ello, se considera necesario solicitar a las universidades públicas que atiendan la problemática que aqueja a un sector de la población infantil, propiciando las condiciones básicas que refuercen la permanencia de las estudiantes con hijas e hijos, mejorando los índices de eficiencia terminal en sus respectivas instituciones.

El punto de acuerdo también solicita a las Secretarías de Hacienda y Crédito Público, de Educación Pública y de Desarrollo Social establecer los convenios pertinentes con las universidades públicas que así lo requieran para la creación de los espacios infantiles.

En reunión de trabajo, la Comisión también aprobó un dictamen a la minuta que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley para la Protección de los Derechos de las Niñas, Niños y adolescentes, y reforma el artículo 8 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

El dictamen explica que se reforma el artículo 21 para establecer que niñas, niños y adolescentes estarán protegidos contra todo tipo de explotación, ya sea económica, sexual o laboral. Particularmente para que la protección, en el ámbito laboral, se centre en los adolescentes mayores de catorce años y con ello se impida contratarlos para desarrollar cualquier trabajo peligroso que vulnere sus derechos.

También se refuerza la protección del derecho a la salud física y mental, toda vez que se armoniza la legislación en la materia, clarifica y puntualiza el ejercicio de ese derecho frente a actos u omisiones de los órganos jurisdiccionales o administrativos.

Se reforma el artículo 46, el cual establece que, para el acceso pleno a la jurisdicción del Estado, los indígenas tienen en todo tiempo el derecho a ser asistidos por intérpretes y defensores que tengan conocimiento de su lengua y cultura.

En cuanto al artículo 49, es con el fin de que en los casos de conflictos familiares, las instituciones competentes de la Federación, el Distrito Federal, los estados y municipios, procuren prestar ayuda especializada a los menores afectados, cuando se vulneren sus derechos y, en su caso, solicitar al Ministerio Público tomar las medidas precautorias que procedan.

Respecto al artículo 8 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, salvaguarda los derechos de niñas y adolescentes, en virtud de que dentro de los núcleos familiares es posible que ocurran hechos que si bien vulneran los derechos de los menores de edad no siempre implican alguna figura delictiva.

Esta minuta proviene del Senado y falta que la dictamine la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables.

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