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Boletín N°. 1801 Cuestionan diputadas a representante de la CNDH sobre omisiones en el caso “Campo Algodonero”

En reunión de trabajo con representantes de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), la diputada Teresa del Carmen Incháustegui Romero, presidenta de la Comisión Especial para Conocer y dar Seguimiento a los Feminicidios Registrados en México, cuestionó sobre las razones por las que ese organismo no ha hecho cumplir al gobierno las recomendaciones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y acatado el fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso del “Campo Algodonero”.

En este tenor, solicitó al organismo que informe a la Comisión Especial, qué tiene pensado hacer y a qué se compromete para garantizar la aplicación de la justicia en cuanto a las omisiones y agravios de los funcionarios públicos encargados de las investigaciones y la reparación del daño a las víctimas del “Campo Algodonero”.

En respuesta, el Primer Visitador de la CNDH, Luis R. García López, en representación del presidente de ese organismo, Raúl Plascencia, indicó que la Comisión Nacional no tiene competencia para exigir el cumplimiento de la sentencia de la CIDH y sólo puede actuar como observadora y dar un seguimiento de las acciones u omisiones que realice el Estado sobre el caso y en general del tema de los feminicidios en Ciudad Juárez, Chihuahua.

No obstante, el defensor de los derechos humanos indicó a los legisladores que para otorgar facultades a la CNDH es necesario efectuar reformas a la Constitución.

Como ustedes saben, dijo, hoy está para la aprobación en esta Cámara de Diputados, una minuta de reforma en materia de derechos humanos, la más importante en este género, que precisamente le da a la CNDH y a los organismos públicos los instrumentos para que los servidores públicos sean llamados a cuentas.

“Si no se han cumplido las recomendaciones emitidas por organismos de derechos humanos es precisamente porque no está regulado en la Constitución”.

Las diputadas Teresa del Carmen Incháustegui Romero (PRD), María Antonieta Pérez (PAN), Diva Hadamira Gastélum (PRI) y Guadalupe Reyes Sahagún (PT), cuestionaron al Primer Visitador sobre la situación de las investigaciones de los feminicidios en Ciudad Juárez.

El representante de la CNDH, indicó al respecto que los últimos 15 años, el Estado en sus diferentes niveles de gobierno ha negado reiteradamente que los hechos ocurridos en Ciudad Juárez, tengan características que permitan identificar un patrón de conducta sistemático de violación a los derechos humanos.

Además de que ha calificado el caso de los homicidios y desapariciones de mujeres como hechos aislados, responsabilizando a particulares e incluso, en muchas ocasiones, a la delincuencia organizada, con la finalidad de justificar, de alguna manera, su inactividad para frenar la ola de violencia que desde el año de 1993 se viene registrando en aquella localidad.

“Sobre todo, demuestra la capacidad para prevenir la violencia e investigar debidamente los homicidios en contra de las mujeres”.

En este contexto, abundó, la CNDH ha realizado una serie de acciones que han culminado en diversos pronunciamientos y recomendaciones, mismas que no han sido debidamente cumplimentadas.

Para la CNDH, agregó, las acciones encaminadas a lograr que de manera conjunta y coordinada se prevenga y erradique los homicidios y desapariciones de mujeres que no solamente viven en Ciudad Juárez sino que transitan en aquel lugar en busca de mejores oportunidades de vida no han logrado resultados efectivos, sobre todo, por la falta de voluntad de los servidores públicos.

Un ejemplo de ello, citó García López, es el caso de la PGR, que habiendo asumido la responsabilidad de coadyuvar con la Procuraduría General de Justicia de Chihuahua en la investigación de dichos homicidios creó con ese fin, en 2004, una Fiscalía Especial para la Atención de Delitos Relacionados con Homicidios de Mujeres en Ciudad Juárez, Chihuahua.

“Sin embargo, ésta se concretó a realizar labores de supervisión, de críticas y de algunas sugerencias a los casos que fueron de su conocimiento, lo cual, por cierto, les merecieron severos reproches, entre otros, por omitir hacer efectivos a los familiares de las víctimas los derechos previstos en el apartado B del artículo 20, ahora apartado C, de la Constitución Política, generándose con ello una doble victimización”.

Destacó que bajo las mismas circunstancias se encuentra la Subcomisión para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres en Ciudad Juárez, que lejos de coordinar acciones con los tres ámbitos de gobierno, sus esfuerzos se han enfocado a organizar actividades de tipo académico, foros, congresos, talleres, convenciones, sin implementar adecuadamente los mecanismos necesarios para cumplir con el objeto principal que es el de prevenir y erradicar la violencia contra las mujeres.

“Es evidente que no se ha logrado la coordinación y cooperación entre los gobiernos federal, estatal y municipal, tampoco se ha logrado alcanzar estándares internacionales en términos de seguridad humana y acceso efectivo a la justicia. Ni una protección eficaz de los derechos de las víctimas del delito y mucho menos se ha conseguido eliminar las causas de vulnerabilidad que generan la violencia y sobre todo, no se ha podido prevenir ni erradicar la violencia y la gran impunidad contra las mujeres que existe en ese municipio”.

Por lo que hace a los casos de Esmeralda Herrera Monreal, de 14 años de edad, de Laura Berenice Ramos Monadert, de 17 y Claudia Ivette González, de 20 años, cuyos cuerpos fueron encontrados el 6 de noviembre de 2001 en un campo algodonero de Ciudad Juárez, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos emitió un informe de fondo con recomendaciones concretas y específicas para el Estado mexicano, las que por no haberse cumplido en sus términos, provocó la competencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

“No obstante haber transcurrido 9 años de tales sucesos, no se ha avanzado en el esclarecimiento de los mismos, ni se han fincado las responsabilidades correspondientes. Esto es, no ha habido un acceso efectivo al sistema de justicia”.

Con su omisión, mencionó, el Estado puso a las mujeres en una situación de especial vulnerabilidad.

La sentencia de la Corte, del 16 de noviembre de 2009, recordó Luis García, contempla 25 puntos resolutivos, de los cuales 10 son declarativos y 15 de cumplimiento obligatorio.

“Después de la sentencia del caso del Campo Algodonero, la CNDH no ha observado avances significativos por parte de las autoridades que demuestren su cumplimiento. Las acciones del gobierno mexicano evidencian una falta de coordinación institucional por la imposibilidad de distribuir adecuadamente las responsabilidades entre las instituciones gubernamentales de los tres niveles de gobierno y hasta ahora sólo se ha cumplido con el punto que obliga únicamente a publicar el fallo”.

Al término de la reunión, la Comisión Especial para Conocer y dar Seguimiento a los Feminicidios Registrados en México se comprometió a impulsar las reformas necesarias para otorgar mayores facultades a la Comisión Nacional de Derechos Humanos y que sus recomendaciones tengan condiciones de obligatoriedad y de seguimiento.

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