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Boletín N°. 2127 Aplicará Profeco controles de confianza para todo su personal

Con 325 votos en pro, 1 en contra y 0 abstenciones el Pleno Camaral aprobó reformar al artículo 29 Bis a la Ley Federal de Protección al Consumidor para precisar que la Profeco determinará y aplicará controles de confianza para todo su personal.

Lo anterior, como medida para asegurar su probidad y honestidad, en particular tratándose de quienes realicen o supervisen labores de verificación y vigilancia.

El dictamen a la minuta de la Comisión de Economía señala que las funciones de verificación y vigilancia que realiza la Profeco tienen un amplio efecto en la sociedad porque son el primer medio de defensa ante los abusos de los proveedores y que es conveniente establecer una disposición general en el contenido de la Ley Federal de Protección al Consumidor para dar solidez a los mecanismos que actualmente se utilizan para intentar garantizar la probidad y honestidad del personal de la Profeco.

Durante la discusión, el diputado Emilio Serrano Jiménez (PRD) señaló que ésta es una medida muy importante, ya que uno de los principales cánceres que hay en la sociedad es la corrupción.

“Voy a votar a favor porque hace falta que en la Profeco haya gente con escrúpulos y honrada, ya que son los que supervisan el servicio, los precios, los artículos que adquieren principalmente los adultos mayores”, añadió. Se envió al Ejecutivo para sus efectos constitucionales.

También se aprobó con 319 votos a favor, 0 en contra y 0 abstenciones reformas a diversas disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor para establecer que la expedición de las Normas Oficiales Mexicanas corresponderá a la Secretaría de Economía, en vez de la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial.

Además, incluir como parte de los elementos de validez de los contratos de adhesión, que sus caracteres tendrán que estar en tamaño y tipo de letra uniforme.

El documento de la Comisión de Economía señala que implica un avance en la ley de protección de los consumidores que supone evitar confusiones y malas interpretaciones respecto a cuál dependencia se encargará de expedir normas oficiales mexicanas cuando no haya una competencia expresa en la ley, acción que cumple la responsabilidad del Poder Legislativo de mantener actualizados los textos legales. Se remitió al Senado de la República para sus efectos constitucionales.

Vida silvestre

La Cámara de Diputados aprobó por unanimidad con 321 votos reformas al artículo 55 Bis de la Ley General de Vida Silvestre para prohibir la importación, exportación y reexportación de las muestras de líquidos, tejidos o células reproductivas de aquellos ejemplares de cualquier especie en cautiverio.

El dictamen a la minuta precisa que la reforma amplía las excepciones de importación, exportación y reexportación de ejemplares de cualquier especie de mamífero marino y primate, pues la redacción vigente autoriza esas acciones sólo para investigación científica. Su ámbito de aplicación se agranda para importar, exportar y reexportar las muestras de líquidos, tejidos o células reproductivas de los ejemplares que se encuentren en cautiverio.

Con ello, agrega, se facilita la reproducción de ejemplares en cautiverio y evita la captura de especies silvestres, pues la importación y exportación de muestras médicas de sangre, orina o de tejidos para biopsias o anatomopatología a laboratorios especializados fuera del país favorecen la reproducción en cautiverio y la investigación médica sin afectar las poblaciones silvestres.

La diputada María Araceli Vázquez Camacho (PRD) dijo que con esta reforma se facilitaría la asistencia médica y métodos de reproducción de aquellos ejemplares en cautiverio. La reforma pasó al Ejecutivo para sus efectos constitucionales.

Posteriormente, se levantó la sesión y se citó para la que tendrá lugar el jueves 30 de septiembre a las 10 horas.

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