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Boletín N°. 2392 Ameritará de uno a nueve años de cárcel la adulteración o falsificación de bebidas alcohólicas

Seis de cada 10 botellas de bebidas alcohólicas que se venden en el mercado ilegal y que generalmente se consumen en bares donde se oferta la barra libre están adulteradas, aseguró el diputado Humberto Benítez Treviño (PRI), presidente de la Comisión de Justicia.

Por ello, este órgano legislativo aprobó un dictamen que modifica la Ley de Salud, a fin de homologar con una penalidad de uno a nueve años de prisión la adulteración, alteración, fabricación y el expendio de este tipo de bebidas.

El legislador explicó que la existencia de los mercados informales donde se adultera y falsifica el alcohol afecta directamente a la sociedad, al colocar en el mercado productos de baja calidad y dudoso origen.

Destacó que evidencia científica señala que el metanol y el etilenglicol, principales sustancias para la adulteración de bebidas alcohólicas, producen alteraciones en la función del organismo, tales como intoxicación, náuseas, convulsiones, pérdida de la vista y hasta la muerte, “con lo que se hace evidente que representan un problema de riesgo a la salud pública”.

En el dictamen se subraya que la producción y comercialización de bebidas alcohólicas adulteradas ha contribuido a que en los últimos años el mercado formal haya tenido una contracción del 30 por ciento, impactando directamente en la pérdida de seis mil empleos directos y 120 mil más indirectos.

Añade que la Hacienda Pública se ve afectada en la recaudación de impuestos. Durante 2008 alcanzó el 32.54 por ciento, equivalente a dos mil 835 millones de pesos.

Detalla que entre los jóvenes el consumo de alcohol adulterado es la primera causa de muerte vinculada con los accidentes automovilísticos, riñas callejeras y el suicidio, derivado de que al existir intoxicación se entra en un estado agudo de depresión.

Se argumenta que los órganos de procuración de justicia poco podrán hacer si este mercado continúa siendo rentable y si las leyes no proponen castigos más severos para quienes están involucrados.

Durante la 14 sesión ordinaria de la Comisión de Justicia, se avalaron otros dictámenes; el primero, respecto a la minuta que reforma y adiciona el artículo 180 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y reforma la fracción I del artículo 8 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo.

Con las modificaciones se legitimará a las personas físicas y morales de comunidades afectadas para acudir al Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, a efecto de interponer directamente demanda de nulidad en contra de los actos administrativos irregulares y contrarios a la normatividad ambiental vigente.

Uno más que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en materia electoral, con el propósito de que el recurso de reconsideración también se procesa en contra de las sentencias que dicten las Salas Regionales.

Este recurso será válido siempre y cuando de la demanda respectiva se desprendan planteamientos sobre la no aplicación de leyes en materia electoral contrarias a la Constitución y cuando habiéndose planteado dicha cuestión en la demanda original, la Sala Regional omita decidir sobre esos planteamientos de constitucionalidad.

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