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Boletín N°. 2426 Corredores públicos podrán tener funciones de fedatarios

El Pleno de la Cámara de Diputados aprobó con 313 votos a favor el dictamen de la Comisión de Economía que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Correduría Pública, para que los corredores públicos puedan actuar como fedatarios en lugares en los que la Federación tenga competencia y ejerza jurisdicción.

Se busca asegurar la eficacia de los servicios que prestan como auxiliares del comercio y como fedatarios públicos en la materia que la ley les autoriza, cuidando la seguridad jurídica en los actos en que intervengan.

Se plantea que los corredores públicos podrán actuar como fedatarios en aquellos lugares en los que la Federación tenga competencia y ejerza jurisdicción de manera exclusiva, sólo en las materias en que esta ley les autoriza.

Cuando actúen como fedatarios fuera de su plaza, deberán señalarlo en los instrumentos correspondientes.

Señala que las pólizas y actas deberán elaborarse en español y que podrán asentarse palabras en otro idioma que sean generalmente usadas como términos de ciencia o arte, o que sean nombre, marca o aviso comercial, o en actas y pólizas cuando se trate de transcripciones literales o de lo percibido por el corredor público respectivamente.

Además, los documentos que se le presenten en idioma extranjero deberán ser traducidos por perito traductor reconocido por alguna autoridad. No se requerirá traducción cuando sean documentos presentados para cotejo, o cuando se trate de dar fe de hechos de la entrega o recepción de documentos o para realizar el reconocimiento o inclusión de firmas, siempre y cuando las partes declaren conocer y entender su contenido y alcance y el corredor comprenda cabalmente el contenido y metas del mismo.

Aprobado en lo general y en lo particular, se devolvió al Senado para sus efectos constitucionales.

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