La Cámara de Diputados aprobó un acuerdo de la Junta de Coordinación Política, para remitir preguntas por escrito a los titulares de la Procuraduría General de la República, de la Comisión Federal de Electricidad y del Instituto Mexicano del Seguro Social, planteadas por César Augusto Santiago Ramírez (PRI).
El acuerdo pide a las dependencias remitir la respuesta en un plazo no mayor de 15 días naturales, contados a partir de la recepción del documento. Añade que una vez recibidas, el presidente de la Mesa Directiva instruirá su turno a la Jucopo para que este órgano determine lo conducente.
La propuesta impulsada por el diputado César Augusto Santiago Ramírez (PRI) y presentada el 11 de noviembre, indica que es facultad de los presidentes de las comisiones dirigirse en queja al ejecutivo Federal para que conmine a los auxiliares que hayan sido poco diligentes en atender solicitudes de información, conforme al artículo 45 de la Ley Orgánica del Congreso General.
“El cabal y correcto ejercicio de las atribuciones de esta soberanía resulta constantemente perjudicado por la demora y poca diligencia con que los titulares de las dependencias y de las entidades atienden los planteamientos, cuestionamientos y requerimientos de información que formulan las comisiones y los integrantes de la Cámara Diputados”, añade.
Pide al Procurador General la lista de denuncias recibidas, número de averiguaciones previas abiertas y el estado procesal de éstas, iniciadas con motivo de acusaciones que entrañen la posible comisión de delitos por servidores públicos adscritos a la Comisión Federal de Electricidad en el periodo 2006-2010.
También, el número de consignaciones formuladas respecto al desvío de recursos públicos o cualquier otra de las conductas típicas comprometidas en el apartado de delitos cometidos por servidores públicos que involucren a funcionarios al servicio de la Comisión Federal de Electricidad en los últimos cinco años.
De igual modo, la lista de denuncias, número de averiguaciones previas y reporte del estado procesal respecto de acusaciones formuladas contra o que involucren a funcionarios al servicio del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.
El director general de la Comisión Federal de Electricidad deberá informar el uso, destino e inversión temporal que se hiciera de las disponibilidades líquidas referidas en las Cuentas Públicas de 2009 y 2010, señalando instrumentos, emisoras, montos, plazos y rendimientos recibidos.
Sobre el uso, destino e inversión temporal que se pretenda hacer de los 83 mil millones de pesos para el 2011 que se consideran como disponibilidades líquidas para tal ejercicio, señalando límites de monto y plazo por emisora y emisión, términos de referencia para la selección de emisoras, administradoras o cualquier otra que identifique el destino provisional de la suma referida.
También se le pide la lista de las empresas u organismos a que se hayan adquirido títulos, obligaciones, certificados o cualquier otro valor, en concepto de inversión temporal o provisional de recursos de 2006 a 2010.
Por su parte, el director general del Instituto Mexicano del Seguro Social deberá informar sobre las cantidades que se hubieren canalizado a la adquisición de valores no gubernamentales, incluidos los emitidos por sociedades financieras de objeto múltiple, empresas relacionadas con los sectores de comunicaciones, construcción, alimentos o finanzas entre 2006 y 2010.
El monto que se hubiera transferido entre las reservas del organismo entre 2006 y 2010, señalando cantidad o deficiente de las reservas que hubieren originado tal traspaso, así como el servidor público que hubiere autorizado dichos traspasos, así como los dictámenes periciales, actuariales o contables del estado de las reservas emitidos por auditoría externa, interna o por consultores contratados por el organismo en ese periodo.
Se le solicita el monto de penas convencionales, intereses moratorios o cualquier otra sanción convencional cubierta al organismo por contratistas o proveedores y la lista de los casos en que las adquisiciones o construcciones hubieran sido adjudicadas al segundo o ulterior lugar por incumplimiento total o parcial del ganador de licitación o proceso cerrado, en el lapso de 2006-2010.
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