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Boletín N°. 2552 Penas de 10 a 50 años de prisión para quien cometa actos de terrorismo

Con el propósito de sancionar de 10 a 50 años a quien comenta actos de terrorismo, la Comisión de Justicia, que preside el diputado Humberto Benítez Treviño (PRI), aprobó un dictamen que reforma el artículo 139 del Código Penal Federal.

El diputado Arturo Zamora Jiménez (PRI), proponente de la reforma, explicó que el terrorismo se incorporó a la legislación penal federal como consecuencia de los actos violentos que se vivieron en México hace 40 años.

“En esta figura no se consideró la posibilidad de que el acto terrorista fuera ejecutado como mecanismo de propaganda para intimidar a la población. No obstante, resulta evidente que la motivación de éste va mas allá de la simple coacción a gobiernos u organizaciones, al intentar influenciar a un público determinado”.

Detalló que se plantearon penas de 10 a 50 años de prisión para quien cometa estos actos, “lo que permite sancionar de forma más amplia a la persona que a través de la difusión de estas actividades genere terror, hacia la población, como es la colocación de mantas, o el envío de mensajes”.

Enfatizó la importancia de dotar con nuevas herramientas a la Procuraduría General de la República (PGR) “para combatir eficazmente la violencia que se están presentando en nuestro país”.

Durante la XV sesión ordinaria de la Comisión de Justicia, se avaló un dictamen que reforma y adiciona los artículos 406, 407 y 412 del Código Penal Federal, en materia de delitos electorales, con el propósito de sancionar al funcionario partidista o al candidato que obtenga o utilice a sabiendas y en su calidad de precandidato, por si o por interpósita persona, bienes o servicios provenientes de actividades ilícitas para su precampaña electoral.

El proponente, diputado Arturo Zamora, comentó que la legislación vigente establece sanciones para los candidatos que reciben recursos de procedencia ilícita; no obstante, manifestó, los precandidatos que utilizan bienes u obtienen dinero de esa forma no son castigados debido a que no está tipificada dicha conducta.

Por ello, agregó, las reformas buscan cubrir esa laguna de la ley, a fin de que también puedan ser sancionados los precandidatos que reciben recursos de procedencia ilícita; igualmente las dirigencias de partidos pueden ser multadas y se amplía la cobertura para quienes utilizan también aeronaves de procedencia ilícita tanto en precampañas como en campañas.

“Las sanciones se amplían y ahora no sólo el candidato puede recibir sanciones, también quien a su nombre reciba estos recursos, porque finalmente si dejamos en precandidato o candidato solamente y no hay contacto directo, continuaría habiendo vacíos legales”.

Zamora Jiménez dijo que con las modificaciones se evitará que reciban donaciones de este tipo por sí mismos o a través de terceras personas, ya sea en efectivo o mediante la utilización de bienes ilícitos.

La comisión de Justicia también aprobó dos dictámenes con punto de acuerdo; el primero exhorta a la Comisión Nacional de Derechos Humanos a que investigue y emita los dictámenes de todas las investigaciones penales que se encuentren abiertas en torno a periodistas, comunicadores, camarógrafos, empresas noticiosas y en general toda persona física o moral que esté relacionada con medios de comunicación.

El segundo solicita a la PGR investigue las desapariciones y el fallecimiento de los periodistas Ramón Ángeles Zalpa y María Estela Aguilar Cansinde, así como esclarezca la privación de la libertad y el fallecimiento de Enrique Villicaña Palomares, en Michoacán.

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