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Boletín N°. 2628 El Pleno Camaral se erigirá este martes en Jurado de Procedencia para votar dictamen de Sección Instructora

El presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, Jorge Carlos Ramírez Marín, informó que se recibió de la Sección Instructora, el dictamen con las conclusiones relativas al procedimiento de declaración de procedencia en contra del ciudadano Julio César Godoy Toscano, diputado federal de la LXI Legislatura.

En cumplimiento del artículo 26 de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, añadió, “esta Cámara deberá erigirse el día de mañana, a las 16:00 horas, en Jurado de Procedencia para conocer el dictamen de la Sección Instructora”.

Resaltó que dicho proceso fue solicitado por el agente del Ministerio Público de la Federación, adscrito a la Unidad Especializada en Investigación de Delitos contra la Salud de la Subprocuraduría de Investigación Especializada en Delincuencia Organizada, en contra de Godoy Toscano.

El diputado presidente instruyó la publicación del dictamen de la Sección Instructora e informó que la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Cámara de Diputados, de conformidad con el artículo 29 de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, hará del conocimiento de las partes, el mencionado procedimiento de declaración de procedencia y la citación correspondiente.

Acuerdo de la Conferencia

Posteriormente, el Pleno Camaral aprobó en votación económica el acuerdo que establece la actuación de la Cámara de Diputados como Jurado de Procedencia para conocer del dictamen emitido por la Sección Instructora en el expediente SI/001/2010 y acumulado, relativo al procedimiento de declaración de procedencia solicitado en contra del ciudadano Julio César Godoy Toscano, diputado federal a la LXI Legislatura.

El documento de la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos precisa que una vez que se abra la Sesión, la secretaría dará cuenta a la asamblea de que han sido debidamente citadas las partes y acto seguido el presidente de la Cámara de Diputados declarará:

“La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo establecido por los artículo 74, fracción V, y 111 de la Constitución Política, así como en el artículo 27 de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, se erige hoy, 14 de diciembre, a las 16:00 horas de 2010, en Jurado de Procedencia para conocer el dictamen emitido por la Sección Instructora, relativo al procedimiento de declaración de procedencia que solicita el C. Lic. Elías Vázquez Villalva, Agente del Ministerio Público de la Federación, adscrito a la Unidad Especializada en Investigación de Delitos contra la Salud de la Subprocuraduría de Investigación Especializada en Delincuencia Organizada, en contra del ciudadano Julio César Godoy Toscano, diputado federal a la LXI Legislatura”.

Se menciona que las partes se ubicarán dentro del Salón de Sesiones en el lugar que al efecto señale la presidencia, desde el cual harán el uso de la palabra en el momento que se les indique.

Precisa que inmediatamente después de que la Cámara de Diputados se erija en Jurado de Procedencia, conocerá y calificará los incidentes que se hubieran presentado en los términos de lo previsto en los artículos 34 y 35 de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos.

Tienen el deber de excusarse o en su caso podrán ser recusados (impugnados) por el inculpado, las diputadas y los diputados que se ubiquen en cualquiera de los supuestos previstos en el artículo 146 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y demás disposiciones aplicables.

La Mesa Directiva dará cuenta de las promociones de recusación (impugnación) que haya presentado el inculpado con expresión de causa y dentro del plazo señalado en el artículo 34 de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, el cual transcurre y finaliza a las 24 horas del 13 de diciembre de 2010, así como las excusas que hayan solicitado o soliciten las diputadas y los diputados que vayan a intervenir en el jurado.

La Secretaría de la Mesa Directiva dará lectura, por separado, a cada una de las solicitudes de recusación y excusa que hubiere recibido, y sin otro requisito que oír a su autor, si la quiere fundar y algún impugnador, si lo hubiera, se preguntará a la Cámara si se toma en consideración inmediatamente.

Si la resolución de la Cámara fuere negativa, la solicitud se tendrá por desechada. En caso afirmativo se discutirá y votará en el acto, pudiendo hablar al efecto un individuo en pro y un individuo en contra en apego a lo prescrito en el artículo 40 de la Ley Federal de Responsabilidades. Las votaciones serán nominales, mediante el sistema electrónico de votación.

En el supuesto que el recusado presentara una solicitud de excusa y ésta fuera aprobada, el incidente planteado quedará sin materia. Las diputadas y los diputados cuya solicitud de excusa o promoción de recusación haya sido aprobada por la asamblea, no formarán parte del jurado de procedencia y deberán retirarse del salón de sesiones.

Agotado el incidente, si lo hubiera, se procederá a dar lectura a una síntesis del dictamen de la Sección Instructora que contenga los puntos sustanciales.

Inmediatamente después se abrirá la fase de alegatos, réplicas y contra réplicas de las partes, a la que se refieren los artículos 20 y 27 de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, para lo cual se estará a lo siguiente:

En primer término se concederá la palabra al solicitante de la declaración de procedencia hasta por 15 minutos, pudiendo presentar su argumentación por escrito, y en seguida por el mismo tiempo y en la misma forma, al servidor público o su defensor, o ambos si así lo solicitaren.

Añade que si el solicitante de la declaración de procedencia pidiera hacer uso de la palabra para replicar, se le concederá hasta por 15 minutos. En este caso, el servidor público y su defensor podrán hacer uso de la palabra en último término, también hasta por 15 minutos.

En el supuesto de que tanto el servidor público imputado como su defensor soliciten hacer uso de la palabra, los 15 minutos de que disponen tanto para los alegatos como para la réplica y contra réplica se distribuirán entre ambos, según lo determine el servidor público, quien lo avisará a la Presidencia de la Mesa Directiva.

Se menciona que de conformidad con lo que dispone al artículo 20 de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, la presidencia de la Cámara de Diputados dispondrá que las partes y el defensor se retiren del recinto y pasen a los salones que al efecto se hayan dispuesto, donde permanecerán durante el debate y la votación del dictamen.

El acuerdo subraya que una vez concluida la fase de alegatos, réplicas y contra réplicas se pondrá a discusión el dictamen, conforme a: una ronda de tres oradores en contra y tres en pro, quienes dispondrán de 5 minutos cada uno.

Al finalizar la ronda se preguntará a la asamblea si el asunto está o no suficientemente discutido. En el primer caso se procederá inmediatamente a su votación; en el segundo, continuará la discusión y bastará con que hable un individuo en contra y uno en pro para que se pueda consultar nuevamente a la asamblea. Este procedimiento se repetirá sucesivamente hasta que el asunto se considere suficientemente discutido.

Las diputadas y diputados que no estén inscritos para hablar podrán pedir la palabra para rectificar hechos, hasta por 5 minutos o para responder alusiones personales, hasta por 5 minutos, pero sus intervenciones se verificarán después de concluido el turno de oradores previamente inscritos. En este caso, el orador iniciará su exposición precisando el hecho a rectificar o la alusión a contestar.

Agotada la discusión del dictamen, se procederá a su votación nominal mediante el Sistema Electrónico de Votación, una vez concluida, el Presidente de la Mesa Directiva hará la declaratoria que corresponda.

Se enfatiza que en todo lo no previsto en el acuerdo se aplicarán las disposiciones de la Ley Orgánica del Congreso General, el Reglamento para el Gobierno Interior, la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos y demás ordenamientos supletorios en la materia.

Al hablar en contra, los diputados del PT, Jaime Fernando Cárdenas Gracia y José Gerardo Fernández Noroña, señalaron que el procedimiento establecido por la Conferencia no indica de qué manera este pleno de la Cámara de Diputados se impondrá del expediente respectivo, toda vez que consta de aproximadamente 40 mil fojas.

Cárdenas Gracia expuso que “es una irresponsabilidad enorme votar algo de lo que se desconoce totalmente el contenido de las pruebas, el desahogo de las pruebas, el conocimiento de esas 40 mil fojas de las que consta el expediente. ¿Cómo vamos a conocer de ello?”.

Fernández Noroña destacó que el formato debe modificarse para que hablen todos los que estén en contra. “Porque hay una perversión y van a decir que se está defendiendo a narcos, cuando lo que nosotros estamos defendiendo es el estricto apego a derecho, es la independencia de esta soberanía”.

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