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Boletín N°. 2635 Pasa de primera lectura el dictamen del Reglamento de la Cámara de Diputados

El Pleno Camaral conoció de primera lectura el dictamen por el que se expide el Reglamento de la Cámara de Diputados, que normará la actividad parlamentaria y establecerá los procedimientos internos que hagan eficiente su estructura y funcionamiento.

El dictamen de la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, establece los derechos y obligaciones de los diputados y diputadas, listando tanto los elementos que les asisten y amparan para el cumplimiento de sus funciones, como las conductas que les están restringidas o de plano vedadas con el objeto de dar certidumbre y evitar diferencias entre iguales.

También establece los elementos y requisitos para tramitar la separación o la no asunción del cargo por el suplente; así como los procesos posteriores para que se determinen los mecanismos de ocupación del cargo.

Se precisan las reglas para las discusiones en el Pleno, destacando el proceso específico para las proposiciones de urgente u obvia resolución y el establecido para las iniciativas y minutas que deban pasar al Pleno porque se haya vencido el plazo para dictaminarlas, lo que evitará el rezago legislativo.

Se reglamentan las votaciones nominal, económica, por cédula y se regula el caso del empate. Se reconocen como formas de voto el externado a favor y en contra, pero se reconoce la abstención como una opción que si bien no constituye un voto, sí es una forma válida de expresión de la voluntad.

Además, se norman las comparecencias de los funcionarios del ejecutivo Federal ante comisiones y se reglamenta la pregunta parlamentaria como un método de obtención de información y de control parlamentario, tanto en el marco de la glosa del informe, como cuando se discuta un asunto o iniciativa competencia de la dependencia a la que pertenezca el funcionario.

Fortalecer a la CNDH

También quedó de primera lectura el dictamen a la minuta de las comisiones de Derechos Humanos y Puntos Constitucionales que reforma diversos artículos de la Constitución Política, para dotar el pleno reconocimiento y protección de los derechos humanos.

Se reforman los artículos 1, 11, 15, 18, 29, 33, 89, 97, 102 y 105, con lo que se busca fortalecer a la Comisión Nacional de Derechos Humanos en sus facultades de investigación de violaciones graves, y se obliga a los servidores públicos a justificar su negativa a aceptar las recomendaciones de la CNDH o su cumplimiento.

Además introduce plenamente el concepto de derechos humanos y se garantiza la eficacia normativa de los instrumentos internacionales respectivos dentro del orden jurídico mexicano. Se incorpora el principio de interpretación de los derechos humanos de conformidad con la Constitución y los tratados internacionales; refuerza las garantías y los mecanismos de protección; establece una clara definición de cómo y en qué circunstancias se puede declarar la suspensión de estos preceptos.

Perfeccionar tipo penal sobre terrorismo

También quedó de primera lectura el dictamen a la iniciativa de la Comisión de Justicia que reforma el artículo 139 del Código Penal Federal, para perfeccionar el tipo penal sobre terrorismo y de esa forma lograr que nuestra legislación penal federal esté acorde a lo dispuesto por la Constitución y a los tratados internacionales suscritos y ratificados por México.

La reforma propone perfeccionar el tipo penal de terrorismo establecido en el artículo 139 del Código Penal Federal para establecer que la intimidación es uno de los posibles objetivos del terrorista, a fin de que pueda sancionarse conforme a ese delito no sólo a los grupos subversivos, sino a las organizaciones criminales de narcotraficantes y extorsionadores que se valen del temor de la población para llevar a cabo sus actividades delictivas impunemente.

Tipificar delitos de precandidatos

Otro dictamen que quedó de primera lectura fue el de la Comisión de Justicia reforma los artículos 406, 407 y 412 del Código Penal Federal, con el objetivo de actualizar las disposiciones que tipifican los delitos en materia electoral respecto de posibles conductas delictivas cometidas por precandidatos.

El documento señala que es urgente blindar los procesos electorales en México, debido a la creciente necesidad de los grupos delictivos de intervenir e influir en las instituciones democráticas del país por medio del financiamiento de campañas electorales, evitando la influencia que, a través de la aportación de fondos económicos ilícitos, puedan llevar a cabo en futuros representantes populares personas que se dediquen a cometer delitos y que con el producto de estos soporten o financien gastos de campaña.

Crear Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad

Quedó de primera lectura el dictamen de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables por el que se crea la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, cuyo objetivo es reglamentar el artículo 1º de la Constitución Política para establecer las condiciones en las que el Estado deberá promover, proteger y asegurar el pleno ejercicio de los derechos humanos y libertades fundamentales de las personas con discapacidad.

La ley establece que gozarán de todos los derechos que establece el orden jurídico, sin distinción de origen étnico, nacional, género, edad, condición social, económica, de salud, religión, opiniones, estado civil, preferencias sexuales, embarazo, identidad política, lengua, situación migratoria o cualquier otra característica propia de la condición humana o que atente contra su dignidad.

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