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Boletín N°. 2825 Avalan diputados reformas para exigir a empresas de seguridad privadas mayores requisitos

• Deberán presentar una relación y muestra física de los equipos que utilicen para obtener autorización

Con 399 votos a favor, 4 en contra y 6 abstenciones, el Pleno Camaral aprobó reformas al artículo 25 de la Ley Federal de Seguridad Privada, para establecer que los prestadores de estos servicios que operen con dispositivos, sistemas o procedimientos técnicos especializados, presenten una relación y muestra física de los equipos que utilicen para obtener autorización.

El dictamen de la Comisión de Seguridad Pública reforma las fracciones XV y XVII y adiciona la XXII y XXIII del artículo 25 de dicha Ley, donde el objetivo es reforzar los requisitos a cargo de las empresas privadas que ofrecen servicios de vigilancia, rastreo, monitoreo y seguimiento de personas y vehículos, como dispositivos de localización que operan vía satélite.

Se precisa que la problemática en el aumento de la incidencia delictiva; además de exigir mayor eficiencia en el funcionamiento de los cuerpos policiales, propicia que la sociedad busque medios y mecanismos alternativos para proteger su patrimonio y su integridad personal, por lo que el sector de la seguridad privada cobra auge, al constituirse como una actividad estratégica coadyuvante de la seguridad pública.

“Es importante actualizar el contenido de la Ley, a fin de que las empresas dedicadas a prestar los servicios de alarmas y de monitoreo electrónico eleven el nivel de seguridad de los usuarios, estableciendo los requisitos que se deben cumplir, así como las condiciones mínimas de seguridad que deben guardar las propias empresas a fin de que éstas sean identificadas de forma clara y precisa”, se destaca.

El diputado Jaime Cárdenas Gracia (PT) expresó que la reforma es adecuada, pues se exige a las empresas de seguridad privada mayores requisitos para el desempeño de sus funciones.

Dijo que no existe objeción a la reforma que implicará requisitos más exigentes para las empresas de seguridad privada; pero “en sí misma la noción de seguridad privada parece anticonstitucional, porque la seguridad es una función a cargo del Estado, del sector público que no puede estar realizada por particulares”.

Por el PRD, la diputada Teresa del Carmen Incháustegui Romero mencionó que cada vez es mayor la presencia de organizaciones privadas, por lo que se puede considerar que el crecimiento de este tipo de empresas es exponencial.

Indicó que es importante que dicha empresas rindan cuentas a la autoridad sobre su existencia, sobre su equipo y, en este caso, el equipo de las armas de fuego, “porque si no tenemos este control, estas mismas empresas pueden eventualmente entrar en complicidad con organizaciones criminales”.

El diputado Gustavo Antonio Miguel Ortega Joaquín (PAN) precisó que se tiene el compromiso de garantizar la seguridad de los ciudadanos, resultando necesario regular de manera clara y expresa la utilización de diversos sistemas tecnológicos y reforzar los requisitos a cumplir por las empresas privadas.

Destacó que es necesario contar con herramientas jurídicas que permitan dar certeza al funcionamiento y desarrollo tecnológico de actividades por parte de las empresas de seguridad privada.

Se mandó al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

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