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Boletín N°. 2833 Determina Comisión de Justicia elevar de seis meses a dos años de prisión por acoso sexual

•En los casos en que haya relación jerárquica laboral se eleva de ocho meses a tres años de prisión

La Comisión de Justicia, que preside el diputado Humberto Benítez Treviño (PRI), aprobó reformas al artículo 259 bis del Código Penal Federal en materia de acoso sexual, a fin de aplicar penas más severas, que van de seis meses a dos años de prisión.

Benítez Treviño explicó que en los casos en que haya relación jerárquica laboral se eleva de ocho meses a tres años de prisión y la multa, que era de 40 días de salario mínimo, se incrementa de 120 y hasta 240 salarios.

Recalcó que con estas reformas se busca erradicar la impunidad de quienes practican este tipo de delitos, así como dar mayor seguridad “a las mujeres, que son generalmente las víctimas”.

El legislador señaló que en 2008 se presentaron 25 mil 728 casos de acoso sexual en 258 dependencias y entidades de la administración pública federal; no obstante, sólo se denunciaron siete mil 796, “por temor a represalias”.

Lo anterior, manifestó, permite inferir que el hostigamiento sexual constituye una realidad en nuestro país, por lo que es pertinente implementar castigos más severos a quienes incurren en este tipo de faltas.

Precisó que estas conductas no deben quedar impunes, porque este delito difícilmente se denuncia, ya sea por temor a perder el empleo, a represalias de los mandos superiores, por la dificultad de acreditar los elementos del tipo penal o porque las penas impuestas son mínimas.

Abundó que al elevar las multas y penas de prisión se atiende el principio de proporcionalidad, conforme al cual el castigo debe ser simétrico al delito cometido y al bien jurídico dañado.

“Se logra que nuestra legislación proteja aún más el bien jurídico que tutela este tipo de pena y pretende erradicar la violencia de género que podría ocurrir en el ámbito laboral y docente, acorde con los tratados internacionales suscritos y ratificados por el Estado”.

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