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Boletín N°. 2871 Avalan diputados que el presupuesto para el campo se aplique de forma eficiente y oportuna

• Aprueban el dictamen que reforma el artículo 190 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable

Con 389 votos a favor, el Pleno Camaral aprobó el dictamen que reforma el artículo 190 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, a fin de actualizar el marco jurídico y coadyuvar a que el proceso presupuestario sea eficiente, eficaz y oportuno.

El dictamen de la Comisión de Desarrollo Rural establece con claridad que es de aplicarse la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y no la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal, que ha sido abrogada por la primera y que no señala los mecanismos de programación del gasto público.

Con la reforma se coadyuva a que el proceso presupuestario tenga un adecuado funcionamiento de seguimiento y evaluación de las políticas y programas, al establecer que las previsiones presupuestales contempladas en la Ley deberán estar vinculadas a la retroalimentación de las metas, avances físicos y financieros del ejercicio fiscal anterior, con base en el Sistema de Evaluación del Desempeño.

Asimismo, se fortalecen las finanzas públicas, al tomar en cuenta el marco macroeconómico de mediano plazo en la programación y presupuestación anual del gasto público.

El diputado Carlos Luis Meillón Johnston (PAN) dijo que debido a que los recursos destinados al campo han mostrado una tendencia creciente año con año, es necesario capitalizar la inversión social y productiva que mejore las condiciones de vida de los habitantes del medio rural, mediante un mejor uso de los recursos públicos y con apego a la ley.

“Queremos que el presupuesto para el campo se refleje en un mayor impacto en la población rural, menos niveles de desnutrición, certidumbre jurídica y de los mercados, se promueva la seguridad alimentaria, se haga frente al cambio climático y sea un sector que genere más desarrollo”.

Con la reforma, expresó, se le apuesta por un proceso de presupuestación y programación del gasto público más responsable y ordenado, basado en la evaluación del desempeño, las metas y avances físicos y financieros del ejercicio fiscal anterior, así como los pretendidos para el siguiente.

El dictamen se envió al ejecutivo federal para sus efectos constitucionales.

Discapacidad por deficiencias

También se avaló con 397 votos a favor, 0 en contra y 1 abstención, el dictamen que modifica los artículos 6 y 134 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, así como el 64 y 84 de la Ley del Seguro Social, a fin de cambiar los términos “defecto físico o psíquico” y “defectos físicos o enfermedad psíquica” por los de “discapacidad por deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales”.

La diputada Claudia Edith Anaya Mota (PRD) expresó que con la reforma se le da la posibilidad a las personas con discapacidad de ser visibilizadas en el sistema de seguridad social, pues sólo el 40 por ciento de ellas tienen acceso a los servicios de salud; 4 de cada 10 están en el ISSSTE y sólo 5 de cada 10 en el IMSS.

“Necesitamos darle más participación a las personas con discapacidad en cuanto a los accesos, seguridad social, pensiones dignas, salud y a una vida digna”.

Ana Elia Paredes Arciga (PAN) dijo que el texto vigente en la Ley del ISSSTE, el cual afirma que las personas con discapacidad son personas con defectos, “trae consecuencias discriminatorias graves y genera una falsa idea de que son imperfectos en comparación con el resto de la población”.

El documento aprobado en lo general y particular se devolvió al Senado de la República para los efectos de la fracción e) del artículo 72 constitucional.

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