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Boletín N°. 2896 Subastar la totalidad de cupos textiles de importación beneficiará sólo a unas empresas y creará monopolios (Favor de utilizar de sábado para domingo)

La Comisión Especial para la Industria Manufacturera de Exportación, que preside el diputado Alejandro Cano Ricaud (PRI), aprobó un punto de acuerdo para exhortar a la Secretaría de Economía se abstenga de subastar al cien por ciento los cupos textiles, para no afectar las finanzas del sector, así como los empleos que dependen de este rubro.

El dictamen establece que de continuar con la subasta de los cupos se beneficiaría a unas cuantas empresas con capacidad económica para adquirirlos, lo que traería consigo la pérdida y la desaparición de otras, generando monopolios privados, inequidad e injusticia.

Asimismo, se violenta la disposición del Tratado del Libre Comercio de América del Norte; de igual manera, se generaría desabasto y encarecimiento de la producción nacional.

El artículo 24 de la Ley de Comercio Exterior establece que la Secretaría de Economía puede asignar dichos cupos mediante licitaciones públicas, o fundada y razonadamente por otros procedimientos de asignación, como la directa por antecedentes, capacidad, productos o preferencia, que promuevan la competitividad de las cadenas productivas y garanticen un acceso adecuado a nuevos solicitantes.

“El gobierno de México, debería negociar mayores niveles de preferencia arancelaria por medio de arreglos intergubernamentales autorizados por el TLCAN”; agregó el diputado Cano Ricaud.

El documento añade que Estados Unidos otorga a Canadá mayor preferencia arancelaría en comparación con México: la importación canadiense a E.U. fue de 10 millones 700 mil kilogramos de hilos de algodón y fibras artificiales sintéticas, mientras que México tan sólo importó un millón de kilogramos.

Los integrantes de la comisión coincidieron en que la finalidad de este punto de acuerdo es mantener las finanzas y negociar mayor cantidad de cupos textiles para México; de ahí que se exhorta a la Secretaría de Economía.

Con esto se pretende transferir el beneficio a personas físicas o morales establecidas en el territorio mexicano, que importen o exporten productos elaborados, transformados o confeccionados a partir de la tela o hilo con materiales no originarios.

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