Histórico Comunicación Social
Boletines
Agencia de Noticias
Monitoreo de Medios
Entrevistas
Galerias
Prensa Extranjera
Prensa Regional
 
 
 
comunicaciónsocial
 
años:
| 2013 | 2012 | 2011 | 2010 | 2009 | 2008 | 2007 | 2006 | 2005 |
 
meses del 2013:
| Diciembre | Noviembre | Octubre | Septiembre | Agosto | Julio | Junio | Mayo | Abril | Marzo | Febrero | Enero |
 
Boletín N°. 2906 Diputados modifican Ley de Navegación para que la SCT penalice a embarcaciones que contaminen

El Pleno de la Cámara de Diputados aprobó, con 399 votos a favor, ninguno en contra y tres abstenciones, el dictamen de la minuta que elimina los errores de técnica legislativa en los incisos a y c, de la fracción IV, del artículo 328, de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos, mismos que obstruyen la aplicación de sanciones en materia de contaminación ambiental marina.

A nombre de la Comisión de Marina, el diputado Luis Antonio Martínez Armengol (PRI) fundamentó que la modificación implica una corrección a la técnica legislativa.

Explicó que en la legislatura anterior y desde el 2006, cuando se modificó la Ley de Navegación y Comercio Marítimos, se cometió un error al poner dentro del artículo 328 una condicionante que tiene que ver con el artículo 90 y no con el 89.

Agregó que afecta la facultad de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) para penalizar a las embarcaciones que desguacen dentro de los límites de puerto y provoquen contaminación, no sólo de carácter ambiental sino del propio puerto.

Otro error que tiene esta legislación, abundó, es en la fracción IV, inciso c, ya que hace mención al artículo 41 cuando debe referirse al 42.

“Necesariamente tenemos que hacer la modificación, porque queda implícito que las sanciones deben estar encuadradas dentro de los marcos normativos de la propia ley”, destacó Martínez Armengol.

Por su parte, el diputado Carlos Martínez Martínez (PAN) coincidió en que la modificación versa sobre un par de errores de redacción que devienen desde el proceso legislativo de la creación de esta ley.

“Es de suma importancia hacer la aclaración legislativa, ya que de otra manera la Secretaría de Comunicaciones y Transportes no puede sancionar a los propietarios de embarcaciones o navieros que causen un daño ambiental”, dijo.

Concluyó que al corregir los citados errores se facilitará el ejercicio de la facultad de la SCT para la imposición de sanciones, además de que habrá seguridad y certeza jurídica para los propietarios de embarcaciones y navieros.

--ooOoo--

 
difusión
comunicación
 
Senado | Auditoría Superior de la Federación | Canal del Congreso | Contáctenos