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Boletín N°. 2917 Afirman diputados que abatir el rezago en órdenes de aprehensión y reaprehensión evitará impunidad

• La Comisión de Justicia aprobó diversos dictámenes durante su sesión de trabajo

La Comisión de Justicia, que preside el diputado Humberto Benítez Treviño, aprobó un dictamen con punto de acuerdo para exhortar a los responsables del Sistema Nacional de Seguridad Pública, abatan el rezago en la ejecución de las órdenes de aprehensión.

El punto de acuerdo, presentado por el diputado Bonifacio Herrera Rivera (PAN), establece que en el fuero común no se castiga ni siquiera el 10 por ciento de los delitos denunciados; además de que hay un atraso en el cumplimiento de las órdenes de aprehensión y reaprehensión giradas por los jueces.

De acuerdo con la información del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en el fuero común se dejan de cumplir alrededor de 589 mil 86 órdenes de aprehensión y 120 mil 481 de reaprehensión, así como otros 60 mil 32 son mandamientos judiciales no clasificados.

Lo anterior genera 800 mil resoluciones judiciales no cumplimentadas, donde la mayoría de las órdenes de aprehensión que se dictan durante un año, nunca son ejecutadas y en consecuencia son canceladas al prescribir la acción penal.

De esta manera, los crímenes de alto impacto han prosperado, debido a que quienes los cometen quedan sin castigo.

En el documento se señala que el rezago en las órdenes de aprehensión significaría una baja importante en la incidencia delictiva, dado que la detención de los probables responsables tendría el efecto de disuadir a otros sujetos para que no cometan nuevos delitos.

Para lograr lo anterior, es importante que se establezcan estándares de productividad a los agentes policiales en el cumplimiento de las órdenes mencionadas.

Una vez que se logre abatir este rezago, se deben llevar a cabo las acciones necesarias para impedir que en el futuro se vuelvan a cometer.

Previamente, durante la reunión se aprobó un dictamen a la minuta con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 12 y se adiciona un párrafo tercero al artículo 2 de la Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro.

El diputado Humberto Benítez Treviño destacó que en las modificaciones enviadas por el Senado, se obliga a todos los jueces a que los inculpados en materia de secuestro sean sometidos a prisión preventiva en todos los casos para no dejar opción a proceder al amparo; además de establecer una vigilancia post penitenciaria al secuestrado por cinco años.

Para el legislador Jesús Alfonso Navarrete Prida (PRI) “el que no se diga de qué manera se va a pagar una pena, si será en prisión o no, genera indeterminación en las consecuencias de la conducta que en la minuta se corrige, lo mismo en cuanto al uso de localizadores con brazalete a personas que obtuvieran su libertad condicional y que durante los cinco años posteriores de obtenerla tenían la obligación de utilizarlo; esto no se especificaba así”.

También se aprobó la minuta con proyecto de decreto que adiciona diversas disposiciones al Código Federal de Procedimientos Civiles, enviada para los efectos de lo dispuesto en el artículo 72 constitucional.

En el dictamen se precisa que cuando el absolvente tuviese alguna discapacidad visual, auditiva o de locución, el juez de la causa deberá, a petición de la parte que lo requiera, ordenar la asistencia necesaria en materia de una estenografía proyectada, de no ser posible se suspenderá la audiencia hasta fecha posterior.

El legislador dijo que la intención es proteger a las personas con discapacidad, “es un gran avance, es una reforma moderna y actual”, enfatizó.

En lo referente a si alguna de las partes es indígena y no habla español, o hablándolo no lo supiera leer, deberá asistir un intérprete con conocimiento de su lengua y cultura, a fin de que se conozcan fehacientemente todas las actuaciones judiciales que tengan lugar en dicha audiencia, sea en su propia lengua o en español.

Otro dictamen aprobado fue la minuta con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones al Código Penal Federal y Federal de Procedimientos Penales, así como de la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada.

Clarifica la diferencia en cuanto a establecer como grave el delito de robo de hidrocarburos dentro de la Ley Federal de la Delincuencia Organizada para efectos de que no puedan salir bajo caución.

Benítez Treviño dijo que son 10 millones de dólares al día los que deja de percibir Pemex por el robo a sus ductos, por lo que consideró que en este acto se denota la presencia de delincuencia organizada.

Por su parte, el diputado Óscar Martín Arce Paniagua (PAN), comentó que el daño causado a Pemex el año pasado fue de 3 mil millones de dólares por el robo de hidrocarburos y que hay cerca de 600 tomas clandestinas, lo que genera desastres como lo sucedido en Puebla.

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