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Boletín N°. 3017 Presenta Cuevas García reforma constitucional y nueva Ley de Armas de Fuego para evitar posesión y portación (Favor de utilizar de sábado para domingo)

Tras considerar que el fenómeno de la delincuencia organizada ha encontrado en el tráfico y comercio ilegal de armas un espacio propicio para ganar seguidores y retar abiertamente al Estado, el diputado Juan José Cuevas García (PAN) propuso reformar el artículo 10 de la Constitución, además de abrogar la actual Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos y expedir una nueva encaminada a prohibir la posesión y portación.

El legislador destacó que el poder destructor de las armas de todo tipo se registra en la historia del mundo como una afrenta al más fundamental de los derechos universales: la seguridad y la tranquilidad de las personas.

En este sentido, abundó, nuestro país ha acusado en distintas ocasiones el dolor de ver derramada la sangre de mexicanos enfrentados en luchas armadas.

Destacó que la violencia y la inseguridad son males evitables que pueden ser erradicados mediante una reforma constitucional para hacer de nuestro país un territorio libre de armas.

“¿Cuántos mexicanos mueren al día por el uso de armas ligeras? ¿Cuántos son heridos de gravedad? Por uno solo que fuera y pudiera evitarse, justificaría con creces la reforma que se propone. Nuestro país no cuenta con una industria importante dedicada a la producción de armas, por lo que no se vería afectada con una nueva Ley de Armas de Fuego y Explosivos”, dijo.

La iniciativa, turnada a las comisiones de Puntos Constitucionales y de Defensa Nacional, con opinión de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública para su análisis y dictaminación, destaca que la reforma al artículo 10 constitucional está encaminada a evitar la posesión y portación de armas de fuego o explosivos, sólo en los casos, condiciones, requisitos y lugares que la ley federal determine.

En tanto, agrega, la nueva Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos que se propone, establece que los gobiernos federal, estatal y municipal instrumentarán una campaña nacional permanente de desarme voluntario y que todas las armas y explosivos asegurados, decomisados o recibidos, serán remitidos de inmediato a las Secretarías de la Defensa Nacional o a la de Marina.

“Corresponderá a la Secretaría de la Defensa Nacional la clasificación y resguardo de las armas y explosivos asegurados, además de que definirá el procedimiento y los formatos para entregar en comodato a los cuerpos de seguridad pública dicho armamento”.

El diputado Juan José Cuevas García refirió que la adquisición de armas sólo podrá realizarse a través de las Secretaría de la Defensa Nacional y de Marina, que determinarán los procedimientos y formatos a los que deberán ajustarse las corporaciones de seguridad y las personas adquirientes.

En cuanto a la importación de armamento, mencionó que se hará exclusivamente a través de la Secretaría de la Defensa Nacional mediante los procedimientos y limitaciones que determine.

Respecto de las sanciones, destaca la iniciativa, se impondrá de cinco a quince años de prisión a quienes fabriquen o exporten armas, municiones, cartuchos y explosivos sin el permiso correspondiente, así como a los comerciantes en armas que sin permiso transmitan la propiedad de los objetos y a quienes dispongan indebidamente de las armas con que se haya dotado a los cuerpos de policía federales, estatales o municipales o al Ejército, Armada o Fuerza Aérea.
Se impondrá de dos a siete años de prisión a quienes sin el permiso respectivo compren explosivos y transporten, organicen, reparen, transformen o almacenen armas o explosivos.

Concluye que a los 90 días de vigencia de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, quedarán sin efecto todas las licencias de portación de armas expedidas con anterioridad.

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