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Boletín N°. 3183 Diputados reforman la Ley Aduanera para especificar plazos en la identificación de mercancías

• Dan seguridad jurídica al importador

El Pleno Camaral aprobó el dictamen que reforma el artículo 152 de la Ley Aduanera, con el fin de establecer un plazo de 6 meses para la emisión del dictamen que derive de la toma de muestras de las mercancías de difícil identificación.

Con la unanimidad de 319 votos en pro, se acordó que una vez obtenido el dictamen de la toma de muestras de las mercancías de difícil identificación, se notificarán al interesado mediante escrito o acta circunstanciada, dentro del plazo de 6 meses a partir del momento en que la autoridad aduanera levante el acta de muestreo.
Para el caso de mercancías que no sean de difícil identificación, la autoridad aduanera dará a conocer mediante escrito o acta circunstanciada los hechos que impliquen la omisión de contribuciones, cuotas compensatorias y, en su caso, la imposición de sanciones.

El dictamen de la Comisión de Hacienda y Crédito Público puntualiza que dentro del escrito o acta circunstanciada levantada se tendrá que señalar que el interesado cuenta con un plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente a aquel en que surta efectos la notificación del escrito o acta, a fin de ofrecer las pruebas y formular los alegatos que a su derecho convenga.

El diputado Mario Alberto Becerra Pocoroba (PAN), presidente de la Comisión de Hacienda, precisó que la reforma es para fijar un plazo de seis meses para la identificación de mercancías que sean de difícil caracterización, ello como consecuencia de una jurisprudencia de la Suprema Corte de Justica de la Nación.

Jesús Ramírez Rangel (PAN) expresó que la Ley Aduanera no establece un plazo que señale el tiempo en que las autoridades aduaneras deben emitir el dictamen que deriva de la toma de muestra, ni el plazo con que dichas autoridades cuentan para la emisión del acta de irregularidades que se desprendan del muestreo.
El objetivo, afirmó, es que los actores involucrados en el comercio exterior cuenten con la certeza jurídica toda vez que con la falta de los plazos se coloca en estado de indefensión al importador.

“Por falta de disposición expresa en la Ley Aduanera, las autoridades indebidamente acuden al artículo 67 del Código Fiscal de la Federación argumentado que cuenta con cinco años para emitir el dictamen y acta de irregularidades, plazo al que indefectiblemente tiene que ceñirse el importador para que le resuelvan la situación jurídica”, denunció.
Con la reforma, puntualizó, se lograría dar seguridad jurídica al importador, toda vez que se especifican los casos en que se consideraría necesaria la toma de muestras de mercancías de difícil identificación apegándose al procedimiento que establece el reglamento de dicha ley.
El diputado Francisco Saracho Navarro (PRI) indicó que la problemática se presenta cuando en las mercancías de difícil identificación no existe precisión en cuanto a los tiempos que la autoridad debe emplear para determinar el resultado o emitir un dictamen derivado de la toma de muestras, así como para la emisión del acta de irregularidades.

Por el PT, Mario Alberto Di Costanzo Armenta agregó que la reforma ayuda a dar certeza jurídica a los agentes importadores y al propio Sistema de Administración Tributaria (SAT). “Hoy la Cámara de Diputados está atendiendo las solicitudes de importadores, de agentes aduanales y del SAT”.

De Acción Nacional, el diputado Ovidio Cortázar Ramos mencionó que es necesario que la autoridad aduanera tome muestras que serán analizadas en laboratorio para determinar de qué sustancias se trata y estar en posibilidad de establecer qué impuestos y regulaciones se deba cumplir, de ahí la importancia de fijar un plazo de seis meses.

El diputado José Narro Céspedes (PRD) expresó el voto a favor de su partido, dado que el dictamen contribuye a facilitar y agilizar en tiempos y en procedimientos este tipo de trámites aduaneros y la función del SAT.

Aprobado en lo general y particular el dictamen a las iniciativas presentadas por el diputado Francisco Saracho Navarro (PRI) y la de Jesús Ramírez Rangel (PAN), se mandó al Senado de la República para sus efectos constitucionales.

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