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Boletín N°. 3265 Diputado Cinta Martínez propone reformas al IMSS e ISSSTE para otorgar créditos a pensionados en mejores condiciones (Favor de utilizar de jueves para viernes)

El diputado Alberto Cinta Martínez (PVEM) presentó una iniciativa de reforma a las leyes de los institutos del Seguro Social (IMSS) y de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), para garantizar el acceso a créditos financieros para jubilados y pensionados en mejores condiciones a las actuales, como tasas de interés y plazos más favorables.

Cinta Martínez propone reformar el artículo 118 y adicionar el artículo Vigésimo Noveno Transitorio, de la Ley del Seguro Social; agregar el artículo 166 Bis, y cuatro párrafos al artículo Cuadragésimo Primero Transitorio, de la Ley del ISSSTE.

Con esta iniciativa se busca beneficiar a los pensionados con nuevas opciones para administrar su propio patrimonio y permitirles elegir en un mercado formal y regulado la mejor tasa de interés y condiciones de crédito.

Resulta indispensable adecuar el marco legal para establecer un sistema de descuento directo a la pensión por parte del administrador de la misma, para su entrega al otorgante del crédito.

Plantea crear condiciones jurídicas que faciliten al pensionado la obtención de créditos con cargo a los ingresos que percibe por concepto de su pensión, disminuyendo los costos de financiamiento y establecer condiciones que rebajen los riesgos operativos y crediticios que permitan a las instituciones financieras masificar el producto, así como utilizar la infraestructura administrativa de las instituciones de seguridad social para facilitar el pago de los créditos otorgados a los pensionados.

Propone un régimen que dé derecho al pensionado para que utilice un porcentaje minoritario de su pensión durante un plazo determinado para contratar un crédito en condiciones más ventajosas.

Establece facultar a la Comisión Nacional de los Sistemas de Ahorro para el Retiro y a la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, para que emitan las reglas generales conforme a las cuales los pensionados puedan obtener préstamos a cuenta de pensión otorgados por entidades financieras autorizadas.

Previo al otorgamiento de algún crédito a cuenta de pensión, deberán celebrar un convenio con la aseguradora que pague la pensión, el IMSS, el ISSSTE o las administradoras de fondos para el retiro, para efectuar el descuento correspondiente del monto de ésta, y posteriormente, realizar el pago a la institución financiera de que se trate.

En el documento se señala que en México existe una población pensionada de tres millones 619 mil 301 habitantes, de los cuales el 55.8 por ciento son mayores de 65 años, que tienen derecho de adquirir créditos con instituciones financieras es institutos de seguridad social.

Sin embrago, hay condiciones de edad máxima de contratación que oscilan entre los 65 y 70 años; “en muchos casos la mera condición de pensionado o jubilado se convierte en una restricción per se para el acceso al crédito, por lo que fuera de los escasos programas institucionales no existen posibilidades de atención a este sector”.

Se indica que algunas empresas dan créditos a jubilados y pensionados con tasas de interés superiores a 120 por ciento anual; “los bancos que cuentan con programas de créditos personales para jubilados benefician sólo al grupo cuyas cuentas bancarias administran, no obstante las tasas de interés son elevadísimas debido a que ejercen sobre éstos un poder monopólico”.

“Las pensiones constituyen un flujo seguro y constante de efectivo, el esquema sería de riesgo financiero mínimo y contribuiría a favorecer y fomentar microcréditos en condiciones de tasas y plazos más favorables a los que actualmente podrían acceder los pensionados”.

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