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Boletín N°. 3288 Diputados sustituyen los términos “invalidez” e “inválidos” por los de “discapacidad” y “personas con discapacidad”

El Pleno de la Cámara de Diputado aprobó reformar las fracciones I y XII del artículo 12 de la Ley de Asistencia Social, para sustituir el término “invalidez” e “inválidos” por el de “discapacidad” o “personas con discapacidad”.

También se modifica el término “problemas de discapacidad” con el de “condiciones de discapacidad” para esclarecer que la discapacidad es una condición y no un problema.

En el dictamen aprobado con 395 votos a favor, cero en contra y 2 abstenciones, se precisa que la reforma busca dar consistencia, concordancia y armonía en el sistema jurídico y actualizar los términos empleados en las Leyes General de Salud y de Asistencia Social de manera armónica con la Constitución Política.

Se enfatiza que la discapacidad es un término general que abarca las deficiencias, las limitaciones de la actividad y las restricciones de la participación. “Las deficiencias son problemas que afectan una estructura o función corporal; las limitaciones de la actividad son dificultades para ejecutar acciones o tareas; y las restricciones de la participación son problemas para participar en situaciones vitales”.

La diputada Claudia Edith Anaya Mota (PRD) señaló que la reforma cambia el término “minusvalidez” por “personas con discapacidad”.

Precisó que adecua el término a la convención internacional, que adecua el término a cómo deben de ser llamadas las personas con discapacidad y, esperamos, que en ese cambio de palabra exista también un cambio de percepción y de derechos”.

Es adecuado, dijo, que los términos se vayan cambiando y se adecuen en las leyes, que se armonicen a los convenios internacionales que nuestro país ha signado, pero también se debe ir más allá de las palabras.

En tanto, la diputada Oralia López Hernández (PAN) subrayó que en México de cada 100 personas discapacitadas, 32 la tienen por enfermedad; 23 están afectadas por edad avanzada; 19 la adquirieron por herencia durante el embarazo o al momento de nacer; 18 quedaron con lesión a consecuencia de algún accidente y 8 por otras causas diversas.

Señaló que es imperativa la sustitución de los términos invalidez e inválidos, por los de discapacidad y personas con discapacidad, respectivamente, ya que está relacionada directamente con las obligaciones y los compromisos adquiridos por el país en la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. Se esclarece que la discapacidad es una condición y no debe de ser considerada un problema.

Se envió al Ejecutivo para sus efectos constitucionales.

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