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Boletín N°. 3310 Prohíben condicionar servicios educativos públicos al pago de cuotas, donativos o dádivas

El Pleno Camaral aprobó reformar los artículos 6, 27 y 75 de la Ley General de Educación para que se prohíba condicionar los servicios educativos de carácter público al pago de cuotas, donativos o dádivas en dinero o en especie.

La reforma avalada con 373 votos a favor, 4 en contra y cero abstenciones, también establece que las aportaciones de particulares destinadas a la educación tendrán carácter voluntario.

Asimismo, que en atención al carácter obligatorio de la educación de nivel básico, la federación, las entidades federativas y los municipios establecerán los mecanismos necesarios para proveer a todos los planteles públicos de educación preescolar, primaria y secundaria de recursos destinados a cubrir el gasto corriente de cada ciclo escolar.

Se incorpora una fracción al artículo 75 para que se considere como infracciones realizar o permitir, por sí mismo o a través de tercera persona, cualquier acto que condicione la prestación de servicios educativos gratuitos prestados por el Estado, a cambio de la entrega de dinero, cuotas, dádivas o cualquier tipo de contraprestación.

La diputada María de Jesús Aguirre Maldonado (PRI) enfatizó que el cobro condicionado de cuotas para el ingreso a un plantel educativo es una acción que violenta el derecho a la educación de los menores.

Subrayó que es necesario garantizar y promover el acceso de las y los niños mexicanos a los distintos servicios educativos del Estado, de tal forma que se reduzca la deserción.

En tanto, el diputado José Luis Íñiguez Gámez (PAN) señaló que la modificación busca instituir como una prohibición expresa a una infracción a dicha ley el condicionar a los servicios educativos el pago de cuotas a aportaciones o dádivas de cualquier tipo, además de prever que los diferentes ámbitos de gobierno establecerán mecanismos necesarios para proveer a todos los planteles públicos de educación básica de los recursos destinados a cubrir gastos de operación cotidiana y mantenimiento.

“No debemos olvidar que la riqueza del hombre se perfecciona con el saber y que de una manera u otra a de contribuir a lograr una mejor educación es coadyuvar para que sean destinados los recursos suficientes a los planteles educativos, apoyando de esta manera para que cuenten con mayores elementos que les ayude a cumplir su función”, aseguró.

El diputado Jaime Fernando Cárdenas Gracia (PT) recalcó que es importante que se prohíba, en todos los casos, entregar cuotas, donativos o dádivas a los centros escolares o a los directivos de estos centros escolares. “Al agregar que podrá haber, que podrán existir aportaciones de particulares destinadas a la educación, creo que podríamos mantener el problema”.

Consideró que no se está resolviendo de fondo el problema, ya que de alguna forma van a seguir existiendo estas aportaciones particulares y “va a ser muy difícil probar que estas aportaciones particulares no están condicionadas a la prestación del servicio educativo”.

En su turno, el diputado José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña (PT) dijo que el que las cuotas no pueden ser obligatorias, pero que las aportaciones para los gastos de los planteles son voluntarias mantiene el mismo problema que se quiere resolver.

“Simple y llanamente debería haber una absoluta prohibición de cuotas en las escuelas públicas y se debería garantizar el presupuesto suficiente para las escuelas públicas del país, de tal manera que los padres de familia no tuvieran que estar dando aportaciones para cosas elementales”, agregó.

Se remitió al Senado de la República para sus efectos constitucionales.

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