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Boletín N°. 3351 Validan cambios de ley para dar más beneficios a víctimas del delito

El Pleno camaral aprobó reformar los artículos 364 del Código Federal de Procedimientos Penales y del 10 y 76 Bis de la Ley de Amparo, para dotar de mayores beneficios a las víctimas dentro del proceso penal federal y del juicio de amparo a favor del equilibrio de las partes que todo proceso debe guardar.

El dictamen avalado por 382 votos en pro, cero en contra y 3 abstenciones propone garantizar la suplencia procesal de amparo a las víctimas de un delito exclusivamente cuando sea afectada en su salud o integridad corporal.

Con las modificaciones se otorgarán mayores derechos a las víctimas u ofendidos por la comisión de conductas delictivas y se logrará un mejor equilibrio en la impartición de justicia.

Al hablar a favor del dictamen, el diputado Pedro Vázquez González (PT) señaló que la integración de los apartados que conforman el artículo 20 Constitucional “dará mayor equidad a los derechos del imputado, por una parte; por otra, los derechos de la víctima u ofendido”.

Añadió que la suplencia operará aun en la ausencia de conceptos de violación o de agravio del reo; “esto es, la Ley de Amparo obliga al juzgador a suplir conceptos a favor del preso, pero en ninguna de las fracciones se establecen derechos a favor de las víctimas para que puedan ser objeto del mismo beneficio”.

El legislador dijo que esa situación establece un claro desequilibrio procesal, “porque a la persona que comete un delito se le beneficia por la suplencia de la queja y a quien reciente la comisión del delito se le aplican estrictamente todos los principios que rigen en el juicio de garantías”.

En este sentido, agregó, el mérito del dictamen consiste en establecer el equilibrio procesal para que las víctimas sean beneficiarias también de la suplencia de la queja a favor en los juicios de garantías que se promuevan, con lo que se otorgan mayores derechos a la población para abatir la impunidad en la que opera la delincuencia.

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