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Boletín N°. 3462 Avalan minuta para garantizar derechos de usuarios de la compañía Mexicana de Aviación

La Comisión de Transportes aprobó una minuta que expide un decreto para que se garanticen los derechos de los usuarios de la Compañía Mexicana de Aviación y sus filiales, por la venta de boletos anteriores al inicio del proceso de quiebra.

En el documento se establece que la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), a través de su oficina central y de sus delegaciones en las entidades federativas, tomará las previsiones necesarias para recibir las quejas de los usuarios que adquirieron boletos de la Compañía Mexicana de Aviación, con las cuales acudirá ante la Procuraduría General de la República (PGR).

La PGR recibirá dichas quejas y conforme a sus atribuciones de investigación, en caso de ser procedente, solicitará a la autoridad competente que se determinen las medidas que sean jurídicamente aplicables, para garantizar los derechos de los usuarios.

Las acciones civiles derivadas de los daños y perjuicios ocasionados por la empresa, podrán tramitarse y resolverse de manera subsidiara, según lo juzguen pertinente los usuarios.

El decreto faculta a la Secretaría de Economía, a la Procuraduría Federal del Consumidor y a la Procuraduría General de la República, para imponerse y compulsar documentos e información de lo que conste en el procedimiento de quiebra y suspensión de pagos y en general de los procedimientos derivados del concurso mercantil.

La Secretaría de Economía determinará el monto a resarcir a los usuarios que adquirieron boletos, así como el procedimiento para hacer efectivo el reembolso o la utilización o intercambio de dichos boletos con la propia Compañía Mexicana de Aviación o con otra empresa de transportación aérea, en coordinación con la Profeco.

La Minuta que expide el decreto, avalada en la Comisión que presidió el diputado Javier Gil Ortiz, responde a la necesidad de resolver el problema específico de un grupo social, para que le sean resarcidas las afectaciones económicas de las que fueron víctimas por el incumplimiento de la prestación de un servicio.

Dicha empresa, tras una crisis financiera, se encuentra sujeta a un proceso jurisdiccional, sin que exista certeza jurídica de que cuando concluya, los destinatarios de la norma serán resarcidos en su afectación patrimonial, se enfatiza en el documento

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