Histórico Comunicación Social
Boletines
Agencia de Noticias
Monitoreo de Medios
Entrevistas
Galerias
Prensa Extranjera
Prensa Regional
 
 
 
comunicaciónsocial
 
años:
| 2013 | 2012 | 2011 | 2010 | 2009 | 2008 | 2007 | 2006 | 2005 |
 
meses del 2013:
| Diciembre | Noviembre | Octubre | Septiembre | Agosto | Julio | Junio | Mayo | Abril | Marzo | Febrero | Enero |
 
Boletín N°. 3683 Las acciones colectivas revolucionarán la defensa de los derechos de la ciudadanía, CEDIP

Las reformas constitucionales y a diversas leyes para impulsar acciones colectivas a nivel federal a fin de defender los derechos de la ciudadanía, vienen a revolucionar el sistema jurídico nacional.

A pesar de que son parte de las reformas estructurales pendientes, falta que el ejecutivo promulgue y publique el decreto respectivo en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

Así lo dio a conocer el especialista del Centro de Estudios de Derecho e Investigaciones Parlamentarias (CEDIP), José de Jesús Ruiz Munilla, al dictar la conferencia: Acciones colectivas.

Para dimensionar la importancia de la reforma, el especialista informó que países nórdicos como Suecia, Noruega y Dinamarca tienen un alto índice de desarrollo, gracias a que el 87 por ciento de sus habitantes están organizados en asociaciones para defender sus derechos.

En México sólo el 4.5 por ciento de su población participa en alguna asociación y en Latinoamérica es el 17 por ciento, precisó.

Dio a conocer que las acciones colectivas hacen posible que un mínimo de 30 personas se organicen -al tener un problema en común en los ámbitos financiero, ambiental y económico- y promuevan una demanda a través de un juez federal en materia civil, cuando se vulneren derechos de una colectividad por acciones, actos u omisiones.

De igual manera pueden estar representados en su demanda por instituciones como la Comisión Nacional de Defensa a Usuarios de Servicios Financieros (Condusef), las procuradurías de Defensa del Consumidor (Profeco), la Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA), y la General de la República (PGR), así como la Comisión Federal de Competencia, a través de sus titulares.

Así también pueden promover acciones colectivas las agrupaciones de consumidores y usuarios constituidos para tal efecto.

Se faculta a estas instituciones y asociaciones para ejercitar la acción colectiva, de acuerdo con el libro quinto del Código de Procedimientos Civiles.

Destacó que los límites de la reforma radica en que no aplica en las áreas sindical, político-electoral, educación (rechazados de la UNAM e IPN), vivienda y salud.

Respecto de esta limitación, el presidente de la Comisión de Economía, Ildefonso Guajardo Villarreal, del grupo parlamentario del PRI, argumentó que fue para evitar un exceso de judicialización, es decir de muchas demandas que sólo son rentables para abogados.
Ruiz Munilla dio a conocer que acuerdo con el Código Federal de Procedimientos Civiles en su capítulo XI, artículo 624, el Consejo de la Judicatura Federal administrará los recursos provenientes de las sentencias que deriven de las acciones colectivas y para tal efecto deberá crear un fondo.

Así, el consejo administrará los recursos para pagar a los afectados a manera de resarcir el daño, así como los honorarios de los abogados, precisó.

A su vez, César Becker, director del CEDIP, enfatizó que la organización de 30 personas va a tener la posibilidad real de defensa de los derechos de los usuarios de servicios.

A las personas afectadas no sólo debe interesar la cuestión de resarcir el daño, sino fundamentalmente generar un control social y lograr la maduración ciudadana para evitar quedar en la indefensión, enfatizó.

De ahí la importancia de generar una cultura jurídica para que los ciudadanos defiendan sus derechos, subrayó.

“Si no nos apropiamos los ciudadanos de estas instituciones, su labor de defensa de los consumidores y usuarios de servicios puede quedar como letra muerta; aunque dudo que vaya a ser así”, expresó.

Cabe recordar que se reformó el artículo 17 Constitucional, publicado en el DOF del 29-VII-2010, así también se cambiaron diversas leyes y la Minuta fue aprobada por Diputados el 28 de abril de 2011. Está pendiente de publicación por el Ejecutivo.

Las reformas fueron al Código Federal de Procedimientos Civiles, al Código Civil Federal, a las leyes Federal de Competencia Económica, Federal de Protección al Consumidor, Orgánica del Poder Judicial de la Federación, a la General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y la de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros.

---oo0oo---

 
difusión
comunicación
 
Senado | Auditoría Superior de la Federación | Canal del Congreso | Contáctenos