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Boletín N°. 3712 Se aplican mecanismos de regulación en las tarifas aéreas nacionales, responde la SCT a diputados (Favor de utilizar de sábado para domingo)

La Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) informó a la Cámara de Diputados que cuenta con los mecanismos de regulación de las tarifas aéreas en el mercado nacional conforme lo marca la Ley de Aviación Civil y a su Reglamento.

Por ello, el establecimiento de mecanismos de regulación de las tarifas aéreas en el mercado nacional, a partir de una presunción respecto a que los precios fijados por los concesionarios o permisionarios pueden implicar prácticas depredatorias, monopólicas, de dominancia en el mercado o una competencia desleal que impida la permanencia en el mercado de otros concesionarios o permisionarios, requieren como sustento del análisis de los datos del comportamiento y evolución de las tarifas en estudio, abarcando diversos periodos.

Si del resultado del monitoreo en el corto plazo se determina que las tarifas mantienen una tendencia constante al incremento de precios y considere que con ello se está afectando la competencia efectiva, se solicitará la opinión de la Comisión Federal de Competencia, para establecer mecanismos de regulación.
Así lo estableció la SCT al dar respuesta a un punto de acuerdo sobre la regulación de las tarifas aéreas en el mercado nacional, aprobado el 23 de marzo.

La SCT indica que conforme a un análisis de datos del comportamiento y evolución de las tarifas aéreas, abarcando diversos periodos y circunstancias, se considera que no existe competencia efectiva entre los diferentes concesionarios o permisionarios.

Detalla que una práctica común en el transporte aéreo, es que en épocas de baja demanda las aerolíneas ofrecen precios promocionales con descuentos sustanciales (en ocasiones, más del 50 por ciento) y con vigencias reducidas (a veces días) además de las tarifas “normales”, mientras que en épocas de alta demanda suprimen los precios promocionales.

Adicionalmente, para cada vuelo los boletos se cotizan en importes distintos, toda vez que las aerolíneas buscan atender a los diferentes tipos de viajeros (de negocios y turistas), y al mismo tiempo obtener el ingreso necesario para cubrir los costos de operación.

De esta manera, abunda en el documento, para cada ruta pueden existir más de diez precios diferentes, sin que la tarifa más alta se modifique y contemplando una mayor o menor cantidad de tarifas reducidas.

La diversidad en precios incluye las condiciones o reglas de aplicación para cada tarifa, de tal manera que un importe alto, contiene reglas de aplicación muy flexibles, tales como: disponibilidad inmediata, posibilidad de cambios de ruta sin costo para el usuario, reembolsos hasta del cien por ciento en caso de cancelación, asignación para el siguiente vuelo, mientras que una tarifa económica contiene reglas de aplicación más estrictas.

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