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Boletín N°. 3867 De seis meses a dos años de prisión al que infrinja a otra persona trato degradante: diputada Aguirre Maldonado (favor de utilizar de domingo para lunes)

• Una de cada seis víctimas de bullying termina suicidándose

Con el propósito de establecer pena de prisión a quienes realicen actos de bullying en centros de trabajo y contar con reglamentos de conducta en las escuelas, la diputada María de Jesús Aguirre Maldonado, del grupo parlamentario del PRI, presentó iniciativa para reformar la Ley General de Educación y el Código Penal Federal.

En la iniciativa, que fue remitida a las comisiones de Educación Pública y Servicios Educativos y a la de Justicia, resalta que este tipo de violencia la ejercen 8.8 por ciento de los niños en escuelas primarias y 5.6 por ciento en secundarias, además el 16.5 por ciento (uno de cada seis) de los jóvenes víctimas de ese fenómeno termina suicidándose.

Refiere que el área laboral, entre el 10 y el 15 por ciento de los trabajadores sufren de violencia psicológica, según datos de la Organización Internacional del Trabajo.

El maltrato físico y psicológico es una práctica que ha tenido un incremento en su violencia, lo que ha alarmado a las autoridades judiciales y escolares.

La propuesta indica que se debe contar con un reglamento de orden interno que establezca las normas mínimas de conducta de las y los integrantes del plantel educativo, que garantice su integridad física y psicológica, así como el justo procedimiento en caso de que se contemplen sanciones.

Se precisa que al que infrinja a otra persona trato degradante con el objeto de afectar gravemente su integridad psicológica y moral será castigado con pena de prisión de seis meses a dos años.

Además, a quien en el ámbito de cualquier relación laboral, funcional o escolar y aprovechando su relación de superioridad, realice contra otro de forma reiterada actos de trato degradante, se le impondrá de uno a tres años de prisión.

En el espacio escolar, esta práctica es mejor conocida como bullying, mientras que en el mundo laboral se le reconoce como mobbing.

La legisladora explica que el trato degradante hacia una persona es una acción que debe ser considerada en la legislación mexicana, a fin de desarrollar los elementos jurídicos óptimos que permitan coadyuvar en la cultura de la paz y la sana convivencia de las personas que interactúan en una relación institucional.
“La modificación legislativa es pertinente, pues no existe en el marco nacional una tipificación correcta de este delito” destacó la diputada.

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