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Boletín N°. 4278 Avalan diputados cambios para perfeccionar el tipo penal de robo al transporte ferroviario

La Cámara de Diputados aprobó reformas al Código Penal Federal para perfeccionar el tipo penal de robo en contra del transporte ferroviario, así como los bienes, valores y mercancías que son transportados a través de éste, estableciendo una sanción de hasta de 15 años de prisión.

El documento avalado con 343 votos en pro, cero en contra y una abstención, tiene el objetivo de proteger la prestación del servicio ferroviario federal, así como el patrimonio de las empresas concesionarias y los particulares que lo usan.

Establece que la conducta de apoderamiento se relaciona no sólo sobre las partes integrantes de las vías o equipo ferroviario, sino sobre el equipaje, equipo, mercancías o cualesquiera otros bienes que se transporten por este medio.

En el dictamen se indica que se busca evitar la impunidad en el robo sobre bienes transportados en el sistema ferroviario, a falta de especificación en el objeto material sobre el cual recae la conducta de apoderamiento.

Al fundamentar el dictamen, el diputado Arturo Zamora Jiménez (PRI) señaló que el transporte ferroviario tiene una importancia de gran trascendencia para el desarrollo del país, pero solamente 20 robos a vía férrea se denuncian al día y las empresas de ferrocarril pagan 19 millones de pesos anualmente para la protección de las mercancías que se desplazan.

Refirió que en materia de robo a ferrocarril, el Código Penal, en el artículo 381, determina que el objeto de apoderamiento se castigará con penas hasta de 15 años de prisión cuando suceda en vías o equipo ferroviario, pero como se encuentra redactado la aplicación de dicho dispositivo ha sido objeto de interpretaciones que no tutelan de manera efectiva los bienes, las mercancías, los valores o incluso las personas que laboran en este tipo de actividad en el desplazamiento de estos bienes y valores.

Se advierte la necesidad de tipificar de manera certera y adecuada el artículo 381 en su fracción XVII, a fin de determinar claramente el objeto material del autor del delito de robo y proteger de manera efectiva los bienes y valores que están necesitados de protección.

Con la reforma, afirmó, se establece que cuando el objeto de apoderamiento en lo sucesivo sean las vías, sus partes, equipo ferroviario, los bienes, valores, mercancías que se transporten por este medio, serán motivo de sanción hasta con 15 años de prisión.

El diputado Pedro Vázquez González (PT) expresó que se da certeza jurídica a los jueces federales en sus resoluciones, ya que define de manera más precisa el tipo penal y se evita la impunidad en la que se ha caído respecto del robo sobre bienes transportados por el sistema ferroviario, por la falta de especificación en el objeto material sobre el cual recae la conducta de apoderamiento.

A su vez, el diputado Ezequiel Rétiz Gutiérrez (PAN) expresó que este medio de transporte se ha visto afectado por la delincuencia organizada, por lo que debe ser motivo de preocupación la creación de leyes y disposiciones que velen por el bien común de los mexicanos, así como procurar que este transporte siga siendo eficaz.

El diputado Víctor Humberto Benítez Treviño (PRI) indicó que en las vías del ferrocarril se roban 700 toneladas de maíz al mes; y 95 millones de pesos son las pérdidas económicas reportadas de enero a septiembre.

Aprobado en lo general y en lo particular, el dictamen que reforma la fracción XVII del artículo 381 del Código Penal Federal se mandó al Senado de la República para sus efectos constitucionales.

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