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Boletín N°. 4325 Diputados aprueban reformas a la Ley General de Salud

• Se cambia el término “hombre” por el de personas

La Cámara de Diputados aprobó por 254 votos un dictamen para reformar la Ley General de Salud y establecer que la protección de la salud tiene como finalidad el bienestar físico y mental de las personas sin distinción.

El artículo 2o de esta ley establece actualmente que el derecho a la protección de la salud tiene entre sus finalidades el bienestar físico y mental del hombre, por lo que la Comisión considera necesario realizar los cambios pertinentes que garanticen la equidad en el derecho de acceso a la salud.

La reforma, propuesta por la diputada María Joann Novoa Mossberger, integrante del Grupo Parlamentario del PAN, modifica la fracción primera del artículo 2o de la Ley General de Salud para establecer que entre las finalidades de la protección a la salud están el del bienestar físico y mental de la persona, para contribuir al ejercicio pleno de sus capacidades.

Señala que el derecho a la protección de la salud es un derecho social y universal, independiente de la situación de vulnerabilidad de sus destinatarios, ya que, además, es un elemento esencial para que el Estado pueda sentar las bases para eliminar la desigualdad existente entre los miembros de una sociedad.

Lo anterior con el propósito de atender la necesidad de que a toda persona se le procure un estado de perfecto bienestar físico y mental, y no solamente la ausencia de afecciones o enfermedades.

Menciona que se debe considerar a la equidad como un componente en la interacción de los problemas en la salud, a fin de brindar un trato digno y oportuno, a las personas, sin importar si son hombres o mujeres en el acceso y el cuidado de su salud.

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