Histórico Comunicación Social
Boletines
Agencia de Noticias
Monitoreo de Medios
Entrevistas
Galerias
Prensa Extranjera
Prensa Regional
 
 
 
comunicaciónsocial
 
años:
| 2013 | 2012 | 2011 | 2010 | 2009 | 2008 | 2007 | 2006 | 2005 |
 
meses del 2013:
| Diciembre | Noviembre | Octubre | Septiembre | Agosto | Julio | Junio | Mayo | Abril | Marzo | Febrero | Enero |
 
Boletín N°. 4422 Cárcel de dos a 10 años para funcionarios del sistema de de justicia que actúen con dolo o negligencia

La Cámara de Diputados reformó el Código Penal Federal para sancionar a los servidores públicos del sistema de procuración y administración de justicia que por culpa, negligencia o dolo, ejecuten acciones para retener a una o varias personas de manera ilegal, o que al final de una sentencia definitiva sean absueltos.

La reforma que adiciona un artículo 225 Bis, avalada con 254 votos a favor, cero en contra y dos abstenciones, establece una pena de prisión de dos a cuatro años y multa de dos mil a cuatro mil días de salario mínimo a funcionarios involucrados en dichos actos. Asimismo, cuando la conducta sea dolosa, aunada a la sanción pecuniaria señalada, la prisión será de cuatro a diez años.

Precisa que, además de las penas de prisión y multa previstas, el servidor público será destituido e inhabilitado de tres a diez años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos.
Este delito será perseguido sólo por querella de la parte ofendida.

El documento menciona que cuando alguna persona es retenida para investigar sobre su probable participación en algún delito, en muchos casos se dan violaciones a sus derechos humanos, pues en lugar de considerarlos inocentes hasta demostrar su culpabilidad, se actúa de manera inversa.

Además, se le dicta auto de formal prisión y se le vincula a un proceso en forma injustificada, sin considerar que con esto se puede destruir la vida de una persona, ya que al reservarse un análisis escrupuloso, puede transcurrir más de un año hasta que se dicte una sentencia absolutoria, por la que se libere al inculpado con el clásico comentario “disculpe usted”.

El proponente de la reforma, el diputado Eduardo Yáñez Montaño (PRI) explicó que el objetivo principal es que quienes tienen la tarea de procurar y administrar justicia cumplan cabalmente con la encomienda, “atiendan y examinen los expedientes, el contenido de las probanzas desde la indagatoria, desde la averiguación previa”.

Enfatizó que ya no debe existir materia para que se puedan elaborar más documentales como el de Presunto culpable.

En su turno, el diputado Leonardo Arturo Guillén Medina (PAN) dijo que el sistema de justicia penal se ha caracterizado por ser lento y no garantizar el derecho que cada persona tiene de ser considerado inocente durante el desarrollo de la investigación y durante el juicio.

“Muchas personas inocentes pueden pasar años en la cárcel sin que se les dicte sentencia y se muestre que verdaderamente cometieron un delito”, agregó.

La diputada Juanita Arcelia Cruz Cruz (PRD) mencionó que algunos funcionarios al sentirse presionados por la sociedad y los medios de comunicación, de forma dolosa señalan a cualquier persona, fabricándoles delitos o hechos que no cometieron para ponerlo a disposición del juez.

Con la reforma, precisó, se busca reparar los daños a los encarcelados injustamente y sancionar a los funcionarios que, sin realizar el análisis debido de las constancias que integran las averiguaciones previas, dictan un auto de formal prisión.

En tanto, el diputado Pedro Vázquez González (PT) subrayó que los excesos e irregularidades de los órganos de procuración e impartición de justicia han sido notorios, lo que propicia innumerables violaciones a los derechos humanos y afecta de manera grave la vida y la libertad de las personas y la de sus familias.

Se manifestó a favor de una inmediata reestructuración de un sistema de justicia que otorgue certeza y seguridad jurídica, que sea democrático e imparcial y siempre a favor de los gobernados.

Por último, el diputado Jaime Cárdenas Gracia (PT) comentó que los autos de formal prisión, las sentencias, consignaciones ante los jueces penales, deben derivar de un análisis escrupuloso y de un respeto irrestricto a los principios del debido proceso penal.

-- ooOoo --

 
difusión
comunicación
 
Senado | Auditoría Superior de la Federación | Canal del Congreso | Contáctenos