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Boletín N°. 4441 Aprueban en lo general reformas a la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos

• Aumentan sanciones por posesión de cartuchos en cantidades mayores a las permitidas
La Comisión de Justicia, que preside el diputado Humberto Benítez Treviño (PRI), aprobó en lo general la reforma a la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos y del Código Federal de Procedimientos Penales para incrementar la sanción a quien posea cartuchos en cantidades mayores a las permitidas y calificarlos como delitos graves.

Asimismo aprobó crear una subcomisión encargada de elaborar el dictamen final que contenga las consideraciones en lo particular.

La reforma busca castigar con prisión de un año con cuatro meses, hasta cinco años con cuatro meses, y de 14 a 67 días de multa la posesión y manejo de cartuchos; así como de dos años ocho meses hasta ocho años, y de 34 a 134 días de multa para quien posea cartuchos de armas, municiones y material para el uso exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea.

Refiere que hay un incremento en el decomiso por parte del Ejército y la Armada de México desde 2006, con alrededor de 250 mil cartuchos decomisados ese año, y en 2011 se han sobrepasado los 3 millones.

Tipifican el robo de identidad como delito

Posteriormente los integrantes de la Comisión aprobaron un dictamen para tipificar el robo de identidad como delito y que se castigue con prisión de 3 días, hasta 12 años, según sea el valor de lo defraudado.

La reforma al artículo 387 del Código Penal Federal establece que se castigará a quien cometa fraude al utilizar cualquier tipo de identificación o clave de identificación personal bancaria o documento identificatorio que pertenezca a otro individuo.

Señala que la utilización de información con fines de daño patrimonial no está tipificada, por lo que esta reforma es necesaria para cubrir el robo de identidad y cerrar este vacío en la ley con este nuevo modelo delictivo.

Refiere que México es el octavo lugar a nivel mundial en la práctica de este delito. Tan sólo el año pasado se recibieron 300 mil denuncias de robo de identidad con intenciones fraudulentas y suceden 400 mil casos al año.

Aprueban que PGR pueda solicitar ubicación de celulares

También aprobaron el dictamen de una minuta para que las empresas concesionarias y permisionarias del servicio telefónico colaboren con la Procuraduría General de la República en el combate a delitos de secuestro, extorsión o amenaza.

En investigaciones en materia de delincuencia organizada, delitos contra la salud, secuestro, extorsión o amenazas, la autoridad judicial podrá solicitar la localización geográfica, en tiempo real, de los equipos de comunicación móvil asociados a una línea que se encuentren relacionados con algún ilícito, menciona el documento.

Subraya que los concesionarios de telecomunicaciones deberán bloquear de inmediato las líneas reportadas como robadas o extraviadas y suspender el servicio para efectos de aseguramiento cuando así lo instruya la Comisión Federal de Telecomunicaciones.

En este contexto, el dictamen indica que las cárceles contarán con equipos que permitan bloquear o anular las señales de telefonía celular, de radiocomunicación, o de transmisión de datos o imagen dentro del perímetro de los centros de readaptación social.

El dictamen reforma el Código Federal de Procedimientos Penales, el Código Penal Federal, la Ley Federal de Telecomunicaciones, la Ley que Establece las Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados y la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

Reformas para evitar saqueo de arte sacro

Se aprobó además un dictamen para facultar a los gobiernos de los estados y del Distrito Federal, a fin de establecer como delito el robo de arte sacro y sancionarlo con penas de cinco a quince años de prisión y la reparación del daño.

En el documento se plantea que se solicitará que el Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH) integre el Registro Nacional de Arte Sacro, para la inscripción y catalogación de los bienes muebles artísticos de carácter religioso ubicados en centros de culto, edificios de la Federación o que estén bajo custodia de cualquier Asociación Civil o Religiosa.

La reforma a la Ley General de Bienes Nacionales, Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, Código Penal Federal y el Código Federal de Procedimientos Penales, refiere que México es el primer país de Iberoamérica con esta problemática, y que en los últimos 10 años ha incrementado 600 por ciento este delito.

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