Histórico Comunicación Social
Boletines
Agencia de Noticias
Monitoreo de Medios
Entrevistas
Galerias
Prensa Extranjera
Prensa Regional
 
 
 
comunicaciónsocial
 
años:
| 2013 | 2012 | 2011 | 2010 | 2009 | 2008 | 2007 | 2006 | 2005 |
 
meses del 2013:
| Diciembre | Noviembre | Octubre | Septiembre | Agosto | Julio | Junio | Mayo | Abril | Marzo | Febrero | Enero |
 
Boletín N°. 4488 Aprueba el Pleno reformas para acotar el arraigo como medida cautelar a probables responsables

El Pleno Camaral aprobó con 210 votos a favor, 31 en contra y una abstención, reformas a las leyes Federal Contra la Delincuencia Organizada, Orgánica del Poder Judicial de la Federación, y de Amparo, para delimitar el arraigo para los casos de la delincuencia organizada, a fin de convertir dicha figura en una medida cautelar personal.

Al fundamentar el dictamen, el diputado Josué Cirino Valdés Huezo (PRI) señaló que la falta de evolución de la figura de arraigo ha dado lugar a excesos en cuanto a su ejecución, propiciando violaciones a las garantías personales y la ausencia de la reparación de los daños a quienes habiendo sido arraigados no fue posible acreditarles la probable responsabilidad de un delito.

Subrayó que la realidad demuestra que las consecuencias del arraigo, bajo las condiciones y características con las que actualmente opera, son preocupantes. Su aplicación implica el establecimiento de un régimen de excepción con restricciones a las garantías básicas del debido proceso.

Valdés Huezo explicó que las reformas a distintos ordenamientos son a fin de desarrollar y acotar de manera precisa el arraigo como medida cautelar, impuesto exclusivamente a personas señaladas como probable responsables, partícipes o imputados, siempre que se trate de delitos de delincuencia organizada.

Se considera, agregó, la delimitación y precisión del arraigo en el sentido estricto y la transformación de la figura original para convertirla en una medida de carácter únicamente cautelar, personal, a través de la cual se tenderá a garantizar el éxito de las diligencias de investigación, asegurando la comparecencia del imputado.

Precisó que el juez del conocimiento, a petición del Ministerio Público, podrá imponer al indiciado una o más medidas consistentes en una serie de prohibiciones para transitar o aproximarse a ciertos lugares o personas o de realizar determinadas actividades o trasladarse a cierta zona geográfica, que limitarían el actuar del indiciado, pero sin restringir su libertad personal.

Detalló que el arraigo será improcedente tratándose de una detención en flagrancia, en cuyo caso, tanto el Ministerio Público como la autoridad jurisdiccional competente solamente podrán actuar conforme a las reglas procesales existentes, consignando o decretando el auto de formal prisión si así procediera.

También se establecen las causas de procedencia al arraigo con mayor precisión, sus requisitos de procedibilidad y se acotan las circunstancias de tiempo, lugar, forma y medios de realización. Se elimina la posibilidad de que el arraigo sea impuesto a víctimas u ofendidos del delito.

La reforma a la Ley Orgánica del Poder Judicial es para incluir juzgados federales penales especializados en cateos, arraigos e intervención de comunicaciones, que ya fueron creados por acuerdos del Consejo de la Judicatura y ahora se les da sustento legal.

En tanto, la diputada María de Jesús Aguirre Maldonado (PRI) mencionó que la reforma tiene como objetivo regular el arraigo al precisar las causas de procedencia y circunscribir las circunstancias de tiempo, lugar y forma de realización.

En su turno, el diputado Camilo Ramírez Puente (PAN) indicó que la reforma pretende que la autoridad jurisdiccional pueda decretar el arraigo como condición temporal de permanecer en lugar determinado a una persona señalada como imputada a solicitud del Ministerio Público, con las modalidades de lugar, tiempo, forma y medios de realización que estime pertinentes.

La diputada Dolores de los Ángeles Nazares Jerónimo (PRD) se pronunció en contra el dictamen porque “el arraigo es una figura incompatible con las garantías del debido proceso porque no le permite, al inculpado, el derecho a conocer y controvertir la acusación o investigación formulada en su contra. Se opone además al principio de presunción de inocencia, el cual señala que toda persona debe tenerse por inocente hasta que exista una sentencia firme”.

Por su parte, el diputado Pedro Vázquez González (PT) se manifestó en contra al considerar que la figura del arraigo es contraria a los principios de presunción de inocencia, por el abuso que existe y han cometido los ministerios públicos que arraigan para investigar y que al final no encuentran absolutamente nada.

Posteriormente, se levantó la sesión y se citó para la que tendrá lugar el jueves 15 de diciembre de 2011, a las 9:00 horas.

-- ooOoo --

 
difusión
comunicación
 
Senado | Auditoría Superior de la Federación | Canal del Congreso | Contáctenos