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Boletín N°. 4563 Responde SE a punto de acuerdo aprobado por diputados sobre importaciones de mezclilla china

• Aseguró que mezclilla china no desplaza a la nacional.

• El diputado Ildefonso Guajardo Villarreal (PRI) dijo que son alarmantes los daños que han causado a los productores nacionales la importación de esta tela.

La Cámara de Diputados recibió de la Secretaría de Economía (SE) respuesta a un punto de acuerdo, en la que menciona que las importaciones de mezclilla china no causan daño o amenaza a la industria nacional, a pesar de que ingresaron a precios de dumping, es decir, inferiores a los nacionales.

Lo anterior, en respuesta a un punto de acuerdo impulsado por el diputado Ildefonso Guajardo Villarreal (PRI), quien señaló que los daños causados a los productores nacionales son alarmantes, pues de abril del 2010 a julio de 2011 se han importado 269 millones de metros cuadrados de mezclilla china, cantidad suficiente para que cada mexicano tenga dos prendas de vestir de ese textil.

Puntualizó que las importaciones de esta tela han registrado un aumento desmedido; desplazaron de manera drástica a la producción nacional y llegaron a niveles récord en los últimos meses, ya que el 36 por ciento de la mezclilla utilizada en México es de procedencia China.

Guajardo Villarreal explicó que desde hace varios años se han presentado una serie de prácticas desleales que ponen en riesgo a la producción nacional y a miles de empleos formales que genera la industria de la mezclilla.

En el documento dado a conocer en la Comisión Permanente, la Secretaría de Economía indica que no estuvo en posibilidad para determinar si las importaciones de mezclilla china representaban una amenaza de daño a la industria nacional, en virtud de que no contó con la información debidamente sustentada y careció de las proyecciones que permitieran prever un deterioro.

Refiere que para la imposición de cuotas compensatorias se requiere acreditar un margen de dumping y su amenaza o daño a la producción nacional, por lo que, “desde esta óptica, si no se acredita alguno de ellos, no será posible emitir una determinación con la imposición de cuotas compensatorias”.

Puntualiza que esta dependencia no puede imponer cuotas compensatorias de manera discrecional, debido a que esto sólo es posible como resultado de una investigación administrativa tramitada en forma de juicio.

La industria en su conjunto, destaca, tuvo un desempeño adecuado, incluso algunos de sus indicadores registraron evolución positiva o satisfactoria; los índices económicos y financieros no mostraron deterioro que permitiera determinar daño a la industria.

Agrega que la mayoría de los indicadores no registraron afectación importante, incluyendo el volumen de producción, ventas e ingresos por comercializaciones de la fabricación nacional, participación en el mercado interno, utilidades, inventarios, rendimiento sobre la inversión y capacidad de reunir capital.

La Secretaría de Economía enfatiza que la información sobre la participación de la producción nacional en el mercado interno, y la proporcionada a nivel de clientes, no permitió acreditar que las importaciones chinas desplazaran a la mercancía similar.

Aclara que la Cámara Nacional de la Industria Textil y la Cámara Nacional de la Industria del Vestido no le solicitaron la investigación antidumping de mezclilla, ni tampoco participaron en el procedimiento.

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