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Boletín N°. 4743 Por unanimidad, aprueban en Comisión el dictamen de la Ley para prevenir y sancionar la trata de personas

La Comisión de Justicia aprobó, por unanimidad, expedir la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Trata de Personas y Delitos Relacionados, que establece las competencias y formas de coordinación entre los gobiernos Federal, estatales, del Distrito Federal y municipales.

El diputado Humberto Benítez Treviño (PRI), presidente de la Comisión, explicó que dará mayor protección y asistencia a las víctimas, “porque las disposiciones actuales ya son insuficientes para prevenir y castigar de manera ejemplar a quienes trafican con las personas”.

Señaló que esta ley “constituye un parteaguas en el país para los más desprotegidos y que son traficados impunemente. Buscamos que los niños y jóvenes no estén desprotegidos”.

El legislador expresó que se prevé el resarcimiento y reparación del daño, la protección y asistencia a las víctimas, ofendidos y testigos de los delitos en materia de trata de personas.

“Además, se plantea la creación de un fondo para su atención, así como también se prevé la creación de un programa de protección a las víctimas y testigos”, aseveró.

Benítez Treviño recalcó que con esta nueva ley se busca plantear los tipos penales de los delitos en materia de trata de personas y sus sanciones, así como establecer los procedimientos aplicables.

El diputado Ezequiel Rétiz Gutiérrez (PAN), secretario de la comisión, destacó que México es el segundo país con más víctimas de trata que provee a Estados Unidos y el principal consumidor mundial de personas en esa situación y con cualquier fin.

Refirió que más de 30 mil menores son víctimas de trata con fines de explotación sexual; “80 por ciento de ellos tienen entre 10 y 14 años de edad”.

El legislador dijo que México es el segundo país del mundo donde se abre el mayor número de páginas de pornografía infantil; “uno de los primeros con destino turístico sexual y existen un número importante de giros negros donde se efectúa de manera abierta la explotación sexual”.

Detalló que ante este panorama es que se busca endurecer las sanciones, a fin de erradicar esta problemática. “La nueva ley contempla que se sancionará de cinco a 15 años de prisión y de mil a 20 mil días de multa, al que enganche, transporte, transfiera, retenga, reciba, acoja o entregue a persona dolosamente, con fines de explotación”.

Rétiz Gutiérrez precisó que se sancionará con pena de 15 a 30 años de prisión y de mil a 20 mil días de multa, a quien someta a otra persona a una situación de esclavitud. “También será sancionado de 15 a 30 años de prisión y de mil a 30 mil días de multa, a quien se beneficie económicamente de la explotación de una persona sometiéndola para que realice actos sexuales contra su voluntad”.

El legislador abundó que será castigado de 10 a 15 años de prisión y de mil a 30 mil días de multa, al que se beneficie de cualquier modo de obligar a una persona a que realice, participe, tolere o soporte actos sexuales para un tercero, cuando la conducta sexual no pueda ser libremente aceptada.

La diputada Rosi Orozco (PAN), presidenta de la Comisión Especial de Lucha contra la Trata de Personas, se pronunció a favor de seguir legislando para erradicar este delito en nuestro país.

Subrayó que “a partir de esta ley general en todo el país se deberá respetar a todos los niños, niñas, jóvenes y adultos, para que no vivan más en esclavitud. Asimismo, se castigará toda la cadena de explotación, desde el enganchador hasta el explotador final, que también es un criminal”.

La diputada Rosi Orozco agregó que con esta ley se busca “la prevención del delito y la atención a las víctimas, sin dejar de atender la persecución y sanción del delito, a través de establecer los bienes jurídicos tutelados, los criterios, principios y acciones que los operadores de la ley habrán de observar para su aplicación”.

Comentó que para ello se creó un catálogo de definiciones de conceptos novedosos, “con el fin de orientar a los operadores jurídicos en su interpretación y aplicación”.

Aprueban reformas al Código Penal Federal

Durante la reunión, también se aprobó el dictamen que reforma diversas disposiciones al Código Penal Federal en materia de delitos informáticos, para agravar hasta con el doble las sanciones relacionadas con pornografía infantil, en el caso de que la persona se valga del uso o empleo de medios informáticos para generar relaciones de confianza o amistad con la víctima.

Con las modificaciones se pretende sancionar la revelación de información contenida en equipos informáticos, obtenida a través de mecanismos distintos a la intervención de comunicación privada, mediante el empleo de aparatos o dispositivos electrónicos o través de la suplantación de identidad.

Uno más que reforma el artículo 390 del Código Penal Federal para modificar la pena del delito de extorsión cuando sea cometido por un servidor público o ex servidor público, o por miembro o ex miembro de alguna corporación de seguridad pública o de las Fuerzas Armadas Mexicanas.

Modificaciones a Ley de Armas

Se aprobó el dictamen de la minuta que reforma diversos artículos de las leyes federal de Armas de Fuego y Explosivos y la Orgánica de la Procuraduría General de la República, con el propósito de que los agentes del ministerio público puedan portar armas de fuego.

Otro que reforma los artículos 3, 36, 37, 39 y 45 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, para que cualquier mexicano, ya sea de nacimiento o por naturalización, pueda ser agente del ministerio público, oficial secretario o agente de la policía de investigaciones.

También se aprobó reformar el artículo 5 de la Ley de Vías Generales de Comunicación y el 194 del Código Federal de Procedimientos Penales, con el propósito de detallar que los delitos que se intenten o se consuman sobre bienes, mercancías y valores transportados por ferrocarril sean competencia exclusiva de la Federación.

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