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Boletín N°. 4962 De mil 732 establecimientos para rehabilitación en el país, sólo 372 son reconocidos por Cenadic

• La diputada Cristina Díaz impulsa reformas legislativas para regular esta situación

31-03-2012 Debido a que de los mil 732 establecimientos residenciales especializados en la atención y rehabilitación de las adicciones del país, sólo 372 cuentan con reconocimiento ante el Cenadic, es necesario que éstos se den de alta ante la autoridad sanitaria, señaló la diputada María Cristina Díaz Salazar (PRI).

La secretaria de la Comisión de Salud dijo que la edad de inicio en el consumo de sustancias psicotrópicas, incluyendo alcohol y tabaco, se ha reducido en las últimas décadas y se registra un aumento en la disponibilidad de drogas, principalmente entre la población estudiantil.

Con reformas a la Ley General de Salud, mencionó, se busca establecer acciones de atención y rehabilitación de las adicciones, además de regular éstos servicios e instituir que dichos centros necesitan de la autorización sanitaria para la apertura.

Díaz Salazar precisó que de acuerdo con un censo en línea desarrollado por el Centro Nacional para la Prevención y el Control de las Adicciones (Cenadic), y retroalimentado por los consejos estatales contra las adicciones (CECA), de un universo de mil 732 establecimientos residenciales que brindan servicios de tratamiento, sólo 372 cuentan con reconocimiento.

En tanto, añadió, la Ley señala que para la apertura de éstos establecimientos, únicamente se necesita un aviso de funcionamiento ante la autoridad sanitaria de las entidades federativas, a través del cual se proporciona información del propietario, ubicación, fecha de inicio de operaciones, procesos utilizados, clave de actividad y cédula profesional, en caso de contar con responsable sanitario.

La diputada del PRI subrayó que ante la aparente facilidad para la apertura éstos centros, gran parte inician actividades sin contar con aviso de funcionamiento, y en otros, a pesar de contar con éste, los requisitos establecidos no abarcan todos los requerimientos que marca la Norma Oficial Mexicana NOM-028-SSA2-2009.

Dicha situación, afirmó, influye para que algunos establecimientos se oculten o cambien de residencia con facilidad, “lo que a su vez conlleva a la clandestinidad y a la operación de prácticas no apropiadas y al evidente riesgo físico, emocional y psicológico de los pacientes”.

Si bien, resaltó, se reconoce la labor de la mayoría de los Centros de Tratamiento, debe evitarse poner en riesgo la integridad física o psicológica de los usuarios, por lo que se impulsan reformas a la Ley General de Salud para la apertura de este tipo de éstos.

Las reformas a dicho ordenamiento que analiza la Comisión de Salud, prevé incluir que los centros u organizaciones dedicadas al tratamiento residencial de las adicciones soliciten licencia sanitaria, con criterios específicos en materia de infraestructura, personal y modelos de atención, que garantice un servicio efectivo, de calidad y de respeto a los derechos y dignidad de las personas.

De igual modo, se propone un plazo máximo de tres años para que los actuales centros obtengan su permiso de funcionamiento, previo registro en el Directorio Nacional de Establecimientos de Atención a las Adicciones, lo cual favorecería su identificación y la posibilidad de clausurar a los clandestinos.

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