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Boletín N°. 5064 Aprueban en Comisión escuelas de tiempo completo

• Beneficiaría a 21.6 millones de niños entre los 4 y 14 años de edad.

22-04-2012 La Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos aprobó cambios a la Ley General de Educación para establecer que la jornada escolar en los niveles primaria y secundaria tendrá una duración mínima de 6 horas y máxima de 8 horas diarias.

La reforma, que adiciona el artículo 53 Bis, especifica que la implementación de la jornada educativa se realizará a partir del ciclo escolar 2012-2013, incrementando gradualmente el número de escuelas con este horario hasta alcanzar la totalidad de los planteles en el ciclo 2021-2022.

El dictamen afirma que la jornada ampliada beneficiaría aproximadamente a 21.6 millones de niños y niñas entre los 4 y 14 años de edad.

El documento menciona que el modelo educativo actual, el cual tiene un horario de cuatro horas y media en promedio, no responde a las necesidades y características de la sociedad, ya que no provee las herramientas y elementos necesarios que permitan romper con el círculo vicioso de la pobreza en nuestro país.

Destaca que desde 2007 la Secretaría de Educación Pública (SEP) implementó un programa piloto denominado “Programa Escuelas de Tiempo Completo” (PETC) para atender diversas necesidades sociales y educativas del nivel básico.

Lo anterior al considerar que un mayor tiempo de permanencia en la escuela (siete u ocho horas diarias) permite realizar una labor de socialización en la formación de los educandos, a la vez que sustituye los tiempos de permanencia en la calle, frente al televisor, y permite compensar insuficiencias en los estímulos culturales que ofrece el hogar.

Por ello las autoridades educativas, tanto federal como local, deberán elaborar un lineamiento para la implementación de este decreto en el cual se establezca un nuevo modelo de plan de estudios diseñado específicamente para cubrir las horas adicionales de la jornada educativa.

Este incluirá criterios generales para determinar el número de escuelas susceptibles a incorporar la jornada escolar en sus nuevos términos.

El documento señala que a partir del ejercicio fiscal de 2012, utilizarán los recursos a los que se refiere el párrafo primero del artículo 25 de la presente ley, el cual a la letra dice que el Ejecutivo Federal y el gobierno de cada entidad federativa concurrirán al financiamiento de la educación pública y de los servicios educativos.

Explica que éste deberá contemplar la diversificación de actividades de enseñanza, incluyendo el fortalecimiento del uso de tecnologías de la información y la comunicación, el arte, la cultura, la recreación, el desarrollo físico, el deporte competitivo, el aprendizaje de lenguas adicionales –entre ellas la lengua de señas mexicana y el Sistema de Escritura Braille-, así como el desarrollo de hábitos de higiene y nutrición.

Precisa que los presupuestos federal, estatal, del Distrito Federal y municipal tendrán que incluir los recursos necesarios para la construcción, ampliación y equipamiento de la infraestructura suficiente, así como para la contratación del personal docente necesario para el cumplimiento del decreto.

Asimismo advierte que en México no se cuenta con una base sólida de conocimientos, no se incentiva la investigación, el razonamiento crítico y el desarrollo de habilidades lógicas.

Reconoce que para su implementación en educación básica serán necesario una bolsa presupuestaria de 36 mil 275 millones de pesos, según el Centro de Estudios las Finanzas Públicas; dicha cantidad podría implementarse paulatinamente en el transcurso de 6 años.

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