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Boletín N°. 5106 Serán sancionadas personas morales que cometan actos de corrupción o vinculadas a la delincuencia

27-04-2012.-La Cámara de Diputados aprobó en lo general, con 295 votos a favor y una abstención, reformas a los códigos Penal Federal y al Federal de Procedimientos, para que se sancione de 200 a 100 mil días multa a las personas morales responsables de delitos cometidos, por cuenta o a nombre de éstas.

La reforma precisa que la responsabilidad penal de las personas morales solamente procederá respecto a los delitos contra la salud; revelación de secretos y acceso ilícito a sistemas y equipos de informática; delitos cometidos por servidores públicos; delitos en contra de las personas en su patrimonio; encubrimiento y operaciones con recursos de procedencia ilícita; contra el ambiente y la gestión ambiental.

De acuerdo con la gravedad del delito, se impondrá a las personas morales, una o varias de las penas y medidas de seguridad como suspensión; prohibición de realizar determinadas operaciones; remoción; decomiso; multa; publicación de sentencia y disolución.

Asimismo, se decomisarán los bienes de la persona moral que guarden relación con el delito cometido y los que hayan resultado como fruto del mismo.

Agrega que estas penas y medidas de seguridad podrán reducirse hasta en una tercera parte si la persona moral acepta su participación en la comisión del delito, o si colabora en la etapa de investigación para esclarecer los hechos y procesar a los probables responsables.

El dictamen de la Comisión de Justicia señala que existen instrumentos internacionales, firmados y ratificados por México, que dentro de sus lineamientos para combatir la delincuencia organizada transnacional y la corrupción contemplan la posibilidad de implantar la responsabilidad penal de las personas morales, para reprimir aquellas empresas que se dediquen a realizar actividades ilícitas que será totalmente independiente de la responsabilidad penal de las personas físicas.

Refiere que actualmente la mayor parte de los delitos en los negocios o socioeconómicos son cometidos con ayuda de una empresa; y el crimen organizado se sirve de la mayor parte de las instituciones económicas: establecimientos financieros, sociedades de exportación o de importación, para llevar a cabo sus actividades delictivas.

Disolución de personas morales

Al fundamentar el dictamen, el diputado Humberto Benítez Treviño (PRI), presidente de la Comisión de Justicia, afirmó que las personas morales o jurídicas sí delinquen y lo hacen de dos formas: las que se crean para eludir contribuciones fiscales, o para cometer delitos como el lavado de dinero, contra la salud, trata de personas, turismo sexual y el cohecho.

Precisó que como no puede haber pena de prisión se establece una multa hasta de 200 mil veces el salario mínimo; además, la suspensión de la persona moral, el decomiso, la disolución dicha figura y la publicación de sentencia.

La diputada Nancy González Ulloa (PAN) señaló que en las últimas fechas el crimen organizado se ha valido de las personas morales para cometer delitos como el lavado de dinero, la trata de personas o el terrorismo. Con las modificaciones al Código Penal Federal se lograría establecer la responsabilidad penal de las personas morales cuando por cuenta o a nombre de las mismas sus representantes cometan delitos.

En su turno, el diputado Israel Madrigal Ceja (PRD) comentó que lo que se propone es implementar la responsabilidad penal en contra de las personas morales o jurídicas que realicen actos delictivos de la delincuencia organizada.

El diputado Pedro Vázquez González (PT) resaltó que en el combate a las organizaciones criminales que actúan bajo la cobertura de personas morales, “esta reforma es un importante avance y un instrumento de primer orden que el Ministerio Público de la Federación debe de utilizar de manera eficaz para evitar que la delincuencia blanquee dinero en las empresas del país”.

Por su parte, el diputado Jaime Cárdenas Gracia (PT) comentó que esta reforma será muy importante para perseguir personas morales que cometen actos de corrupción o que tienen vínculos con el crimen organizado.

El diputado Mario Di Costanzo Armenta (PT) dijo que con esta modificación se va a poder castigar a estos elusores de impuestos que tienen una responsabilidad con la sociedad, sin embargo consideró que se debe cuidar la aplicación de esta ley “para castigar a los verdaderos responsables”.

En lo particular

En la votación en lo particular, se aprobó con 274 votos a favor, 11 en contra y seis abstenciones, la reserva presentada por el diputado Óscar Martín Arce Paniagua (PAN), a los artículos 13 Bis, 13 Ter, 17 Bis, 24 Bis y 50 Ter del Código Penal Federal para que las personas morales siempre sean responsables cuando tengan conocimiento del acto.

La reforma se envió al Senado de la República para sus efectos constitucionales.

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