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Boletín N°. 5434 El servidor público que discrimine podría ser castigado con trabajo comunitario: diputado Agustín Castilla

07-08-2012.- A fin de evitar que los servidores públicos cometan actos de discriminación, el diputado Agustín Castilla Marroquín (PAN), presidente de la Comisión de Gobernación, impulsa una iniciativa para sancionarlos con amonestación, disculpas públicas, trabajo comunitario o multa de 30 a 300 días de salario mínimo.

El diputado señaló que actualmente si un servidor público comete un acto discriminatorio contra un ciudadano las consecuencias son nulas, ya que si bien existe en la legislación un procedimiento específico a seguir, denominado “de reclamación”, con sus plazos, audiencias y etapas procesales, lo cierto es que simplemente se llega cuando mucho a una “conciliación”.

De igual manera, añadió, la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación no establece sanciones claras, determinadas y expresas para las conductas que prohíbe, propiciando impunidad y, en consecuencia, en los hechos, no se logran los fines de la ley, lo que la hace ineficaz y de poca utilidad social.

El legislador reconoció que se ha avanzado y en 15 estados de la República y el Distrito Federal ya se tiene una norma contra la discriminación, pero sólo en Colima, Chiapas, Chihuahua, Distrito Federal, Durango, Guerrero, Estado de México y Baja California Sur hay sanciones administrativas.

Baja California, Guanajuato, Jalisco, Morelos, Nuevo León, Puebla, Querétaro, Sinaloa, Sonora, Tabasco y Yucatán aún no cuentan con una legislación que prevenga la discriminación, pero Aguascalientes, Oaxaca, Quintana Roo, Tlaxcala y Veracruz, a pesar de no contar con una ley en la materia, consideran la discriminación como delito, agregó el diputado.

Castilla Marroquín recordó que México fue el primer país que propuso el respeto de los derechos indígenas ante la Organización de las Naciones Unidas (ONU). Sin embargo, todavía se discrimina en diversas partes del territorio nacional no sólo por origen étnico, sino también por sexo, edad, discapacidad, condición social o económica, salud, embarazo, lengua, religión, opiniones, preferencias sexuales o estado civil.

Recalcó que los servidores públicos tienen la obligación de observar en su conducta un trato de respeto, diligencia, rectitud y no discriminación hacia las personas con las que tienen relación con motivo del cargo que tienen bajo su responsabilidad.

Por ello, agregó, es necesario sancionar ejemplarmente a quienes configuren alguno de los actos que prohíbe la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación.

Explicó que la iniciativa, turnada a la Comisión de Derechos Humanos de la Cámara de Diputados, busca fortalecer al Conapred a fin de alcanzar una sociedad más igualitaria y sin prejuicios, dotándolo de herramientas jurídicas para poder sancionar a quienes en uso de sus atribuciones como servidores públicos discriminen a cualquier persona.

Propuso reformar el artículo 72 y adicionar un 83 Bis a la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación para que el Conapred pueda sancionar al servidor público que cometa actos de discriminación con amonestación pública; obligación del infractor de ofrecer disculpas públicas; multa de 30 a 300 días de salario mínimo o trabajo comunitario.

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