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Boletín N°. 0166 Rechazan diputados iniciar controversia constitucional contra procedimiento de Reforma Laboral

11-10-2012.- El Pleno de la Cámara de Diputados rechazó el acuerdo de la Junta de Coordinación Política por el que se planteaba el proyecto para promover controversia constitucional contra la presentación de la iniciativa de reforma a la Ley Federal del Trabajo, con carácter de preferente, enviada por el titular del Ejecutivo.

El proyecto argumentaba que fue violado el artículo segundo transitorio del Decreto constitucional en materia política, publicado en el Diario Oficial de la Federación el pasado 9 de agosto del presente año, que establece: “para cumplir las disposiciones de la modificación constitucional preferente, el Congreso tendrá hasta un año para emitir una Ley Reglamentaria”, situación que -señala el documento- “no ha ocurrido”.

El acuerdo, rechazado en votación económica, solicitaba la suspensión del proceso de dictaminación hasta en tanto la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) no resolviera el proceso de controversia constitucional.

Al hablar en contra del punto de acuerdo, el diputado Héctor Gutiérrez de la Garza (PRI) refirió que lo que algunos legisladores impugnan a través de esta controversia es un supuesto acto del Ejecutivo. “Pretenden que exista una intromisión de atribuciones con el Poder Legislativo y a su vez señalan que hay violaciones de procedimiento”.

No obstante, dijo, un sinnúmero de tesis jurisprudenciales señalan, de manera clara, que no proceden las controversias constitucionales en contra de supuestos vicios de procedimiento. En este sentido, abundó, no hay ningún fundamento “y la verdad sea dicha, no nos parece adecuado, salvo que a algunos otros grupos parlamentarios les guste perder ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación y que desechen su controversia por notoriamente improcedente”.

Por su parte, la diputada Consuelo Argüelles Loya, del PAN, coincidió en que la controversia es improcedente y sólo tiene miras de carácter mediático. “Debemos señalar que el trámite de iniciativa preferente es un procedimiento constitucional válido, vigente e incuestionable, por lo que estamos obligados a respetar la supremacía de la Constitución, sin la necesidad que su cumplimiento esté supeditado a la emisión de una legislación secundaria”.

Agregó que el texto del artículo 71 constitucional resulta claro y es puntual al señalar el procedimiento que se le dará a las iniciativas del Ejecutivo federal con carácter de preferente.

El diputado Luis Antonio González Roldán, de Nueva Alianza, defendió el proceso legislativo que se dio a la iniciativa preferente, cuya reglamentación, aceptó, sigue pendiente; sin embargo, agregó, la Junta de Coordinación Política asumió cabalmente sus atribuciones establecidas en la Ley Orgánica del Congreso General para lograr acuerdos en la integración de la Comisión de Trabajo y la consecuente dictaminación.

“Por ello, rechazamos las acciones de quienes pretenden desvirtuar el trabajo realizado por la Cámara de Diputados, cuando los argumentos en el debate parlamentario no les alcanzaron y decidieron salirse por la puerta de atrás”.

Al manifestarse a favor del acuerdo, el diputado Silvano Blanco Deaquino (PRD) señaló que cuando se aprobó la reforma política en el numeral 71 se estableció un segundo transitorio que no fue por ocio. Era para cumplirse, para hacer una ley reglamentaria adecuada, en el término de un año, a fin de tratar una iniciativa preferente de esta magnitud”.

En este sentido, solicitó a los diputados opositores al acuerdo no erigirse en jueces y determinar que es totalmente improcedente la controversia constitucional. “Permitan que la Suprema Corte de Justicia de la Nación determine si es procedente o no. Ningún acuerdo puede estar por encima de la ley. Sostenemos que todo el proceso fue viciado y es anticonstitucional”.

Jorge Salgado Parra, también del PRD, dijo que pese al argumento de que la iniciativa preferente no contraviene la Constitución, lo cierto es que “veladamente se está modificando el orden constitucional al reformarse los principios y valores que protegen y garantizan el trabajo en condiciones dignas mediante un ordenamiento secundario”.

Finalmente, Ricardo Monreal Ávila (Movimiento Ciudadano) destacó que a juicio de un sector de diputados, se violó la Constitución y no se respetó el artículo segundo transitorio del 71 constitucional que establecía la reglamentación de la iniciativa preferente para aplicarla.

“Hay tesis encontradas que no han definido sobre esta contradicción. Hay quienes sostienen que si no hay reglamentación es inaplicable la norma constitucional y hay quienes sostienen que es de aplicación directa sin la necesidad de la reglamentación. Son debates inacabados, pero venir a descalificar de que vamos a perder la controversia, es grotesco, por eso es que queremos ir a la Corte, porque son los únicos que pueden resolver sobre el fondo de la situación planteada”, concluyó Monreal Ávila.

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