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Boletín N°. 0682 Agresiones telefónicas o por escrito serían equiparables al delito de amenazas

30-12-2012 La Comisión de Justicia analiza equiparar las agresiones por escrito, teléfono o cualquier medio de comunicación o reproducción, incluidos medios electrónicos, carteles y mantas, con el delito de amenazas, toda vez que afecta la seguridad humana.

Con reformas al artículo 282 del Código Penal Federal, el diputado Carlos Humberto Castaños Valenzuela (PAN) busca que cualquier manifestación que implique un riesgo en la seguridad de las personas, o bien difundan información falsa con dolo, serán puestas a la vista del Ministerio Público por medio de una querella.

En esos casos, se abunda en la iniciativa, se impondrá una sanción de seis meses a un año de prisión o de 180 a 360 días multa y 400 jornadas de servicio a la comunidad.

Castaños Valenzuela menciona que algunas situaciones que ponen en riesgo la vida diaria de la población, radican en la falta de reconocimiento de los derechos humanos y de los principios democráticos, la violencia, los conflictos, el terrorismo y el deterioro ambiental del aire, agua y las tierras.

La seguridad humana, afirma, se entiende como una condición o situación que supone un cambio de perspectivas u orientación, y en la que se avizora al mundo tomando como núcleo de referencia a las personas, más allá de las consideraciones acerca de la seguridad territorial o gubernamental.

Destaca que en México no existe una definición de seguridad humana como tal, pero tanto la Constitución Política, como diferentes disposiciones jurídicas contienen principios claros que reflejan el interés por el desarrollo del individuo como ente principal de la actividad del Estado.

Menciona que la seguridad humana se preocupa mayormente por la certidumbre de los individuos y las comunidades, con temas como la violencia y todas aquellas situaciones que rompen con la vida cotidiana.

Por ello, afirma, la seguridad humana implica dar a las personas seguridad contra amenazas u obstáculos tanto no violentos como violentos.

El diputado del PAN resalta que de acuerdo con el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), esta seguridad implica la protección de las personas de las amenazas a sus derechos, su seguridad y su vida.

Refiere que dentro de este concepto se considera como una afectación grave aquellas amenazas ante las que se queda completamente indefenso, como son las acciones dolosas que con toda la convicción e intención en contra de la víctima, sobre todo en los casos de falsa o de mala fe o el abuso de poder.

De igual modo, aquellas que imponen una dictadura basada en mentiras destinadas a lastimar el buen nombre de una persona o bien afectar el patrimonio o la vida cotidiana de las personas por intolerancia a su forma de vida, creencia religiosa, ideología política o con la finalidad de impedir una justa acción.

Por ello, el diputado del PAN propuso reformas al Código Penal Federal, que en su título decimoctavo establece los delitos contra la paz y seguridad de las personas, y en su artículo 282 se refiere a las amenazas.

La iniciativa explica, es una acción directa contra ese tipo de “cobardías”, pues permite a todo aquel que reciba cualquiera de estas agresiones acudir ante los representantes del Estado para salvaguardar su seguridad humana.

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