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Boletín N°. 1398 Aprueban en la Comisión de Hacienda, en lo general y en lo particular los dictámenes que reforman la Ley del Seguro Social y la Ley Minera

La Comisión de Hacienda y Crédito Público, aprobó en lo general y en lo particular, el dictamen que reforma el artículo 27 y deroga el artículo 32 de la Ley del Seguro Social para homologar el salario base de cotización con la del Impuesto Sobre la Renta (ISR) de los trabajadores.

En sesión extraordinaria convocada por los secretarios de este órgano legislativo, se realizó la reunión con la ausencia de su presidente José Isabel Trejo Reyes (PAN) y los diputados del grupo parlamentario de Acción Nacional.

El dictamen señala que no hay razón para que exista un tratamiento distinto entre dichas bases gravables, debido a que ambas se calculan en la totalidad del ingreso y en las prestaciones que obtiene un trabajador.

Precisa que el salario base de cotización se conforma por cualquier cantidad o prestación que se le entregue al trabajador, derivada de su relación laboral y con ello evitar interpretaciones incorrectas que propicien en limitar la integración del salario base de cotización a sólo componentes retributivos.

De igual forma, menciona que la medida contribuirá a resolver la problemática que ha generado la incompatibilidad de las bases gravables y facilitará el cálculo de los contribuyentes y la fiscalización de las autoridades en la determinación de las cuotas obrero-patronales, así como el ISR.

Con ello, agrega, se desincentivarán las conductas abusivas de los patrones de subestimar el salario base de cotización para reducir su carga de seguridad social y de reportar una nómina mayor para deducir su propia base gravable para efectos del ISR en perjuicio de los trabajadores, quienes reciben menos recursos de los que se deberían acumular en sus cuentas de ahorro para el retiro y la adquisición de vivienda.

Añade que al no modificarse la tasa de las cuotas obreras, el beneficio neto de los trabajadores se verá reflejado en los recursos que tendrán disponibles para la adquisición de vivienda y para su retiro.

El dictamen menciona que las medidas previstas fortalecerán las herramientas de fiscalización del IMSS y, sin implicar un aumento de las cuotas obrero-patronales, se contribuirá a aumentar los recursos de los que podrá disponer para el cumplimiento de sus fines como garante de la seguridad social.

También señala que tendrán la ventaja de que el salario base de cotización se actualizará automáticamente conforme a cualquier cambio que se realice en la Ley del Impuesto sobre la Renta, según la política fiscal que tome el propio legislador de tiempo en tiempo.

Considera que lo anterior no genera el riesgo de un aumento desmesurado de la base gravable de las cuotas obrero-patronales en el futuro, en caso de llegarse a determinar un tratamiento impositivo más agresivo para cada uno de los componentes del salario conforme a la Ley del ISR.

Señala que las cuotas sindicales no deben desaparecer de la fracción II del artículo 27 de la Ley del Seguro Social, debido a que cuando son pagadas por el patrón a cuenta del trabajador constituyen una prestación para éste último y, por lo tanto, resulta pertinente que su tratamiento también se remita a la Ley de Impuesto sobre la Renta para efectos de homologar la base de ambas contribuciones.

Por lo que respecta a las despensas en especie o en vales, no integrarán salario base de cotización; es decir, hasta el monto equivalente al cuarenta por ciento de un salario mínimo general diario del Distrito Federal.

A propuesta del PRD, se incluye que la recaudación derivada de la homologación del salario base de cotización, previsto en la Ley del IMSS con la Ley del ISR, deberá destinarse en su totalidad al desarrollo de su infraestructura y servicios de salud, sin que por ningún motivo se destine a gasto corriente o administrativo.

De igual forma, se añade un tercer artículo transitorio para que la Auditoría Superior de la Federación lleve a cabo una auditoría especial a la gestión del IMSS de los ejercicios 1995 a 2012.

El diputado Jorge Herrera Delgado (PRI) secretario la Comisión de Hacienda, en funciones de presidente de la misma, explicó que la convocatoria se hizo con fundamento en el Artículo 151, numeral 1, fracciones 2 y 3; en concordancia con los artículos 150, numeral 1, fracción 2 y 156, numeral 1 fracción, 5 del Reglamento de la Cámara de Diputados.

Explicó que la reunión responde a la certeza de que el presidente, José Isabel Trejo Reyes, no iba a convocar, toda vez que las reuniones se habían pospuesto en varias ocasiones.

Por otra parte, la Comisión de Hacienda aprobó en lo general el dictamen que reforma la Ley Minera, la Ley de Coordinación Fiscal, a fin de establecer el pago de una contraprestación por aprovechamiento de la extracción de sustancias minerales en beneficio de los estados y municipios en donde se lleven a cabo las extracciones.

De acuerdo con el dictamen, el pago de la compensación minera será determinable a partir de un porcentaje del 5 por ciento respecto de los ingresos acumulables netos de las empresas mineras, similar al que pagan las empresas de este tipo en el mundo.

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