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Boletín N°. 0874 El Pleno aprueba la Ley de Amparo en lo general y particular; regresa al Senado porque tuvo enmiendas

12-02-2013.- El Pleno de la Cámara de Diputados aprobó, en lo general y particular, la minuta que expide la nueva Ley de Amparo que permitirá consolidar esta figura como un instrumento accesible al mayor número de personas, es sencillo, eficaz y primordialmente garante de los derechos humanos.

El documento devuelto al Senado de la República para sus efectos constitucionales, fue aprobado en lo general, con 434 votos a favor, 18 en contra y seis abstenciones, y en lo particular, se aceptó la reserva impulsada por el diputado Luis Alberto Villarreal García (PAN), al artículo 129 en su fracción primera.

Con esta modificación, se considerará que “se siguen perjuicios al interés social o contravienen disposiciones de orden público, cuando de concederse la suspensión, continúe el funcionamiento de los centros de vicio o de lenocinio, así como los establecimientos de juegos de apuestas o sorteos”.

Al fundamentar el dictamen, la presidenta de la Comisión de Justicia, diputada Claudia Delgadillo González (PRI) subrayó que el juicio de amparo seguirá como el principal instrumento de defensa de los derechos que tienen las personas para protegerse contra los actos de las autoridades.

Esta nueva Ley de Amparo, moderniza y adecua el juicio a los tiempos actuales para que la tramitación sea ágil, oportuna y fortalezca el interés público y la transparencia, agregó.

Asimismo, dijo, aumenta su protección, amplia el ámbito de su tutela, protegiendo los intereses legítimos de las personas, así como su posibilidad de que haya declaraciones generales de inconstitucionalidad para un beneficio generalizado.

Detalló que esta Ley fortalece las facultades de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en la atención prioritaria de los asuntos que le competen, así como en el otorgamiento y atribuciones más expeditos para la integración de jurisprudencia y la resolución de contradicción de criterios, lo que abonará a una mayor seguridad jurídica en las decisiones del máximo tribunal.

Puntualizó que con esta nueva Ley se reconoce el derecho de la víctima del delito al intervenir como parte en todo el proceso, la cual podrá presentar pruebas e interponer amparos directos contra las resoluciones.

Se reconoce y garantiza plenamente el derecho de las víctimas y ofendidos para interponer la demanda en contra de actos y sentencias que afecten sus derechos humanos reconocidos en la Carta Magna, precisó.

Delgadillo González agregó que se determina con precisión la incompetencia de origen del juicio de amparo para conocer controversias en materia electoral.

En esta minuta, resaltó, se faculta al Consejo de la Judicatura Federal para establecer plenos de circuito, atendiendo el número y especialización de los tribunales colegiados que pertenezcan a cada circuito.

Mencionó que en beneficio de los gobernados se elimina el sobreseimiento por inactividad procesal y caducidad de la instancia, y se hace más expedito y claro el procedimiento para el cumplimiento de ejecutorias de amparo.

Se incluye la prevención para que el Procurador General de la República pueda solicitar a la SCJN que ejerza la facultad de atracción en los casos que por su interés nacional así lo ameriten; se incorpora la procedencia del juicio de amparo por violaciones a un interés legítimo, aduciendo una afectación real y actual con motivo de la norma general al acto u omisión de la autoridad, puntualizó.

Por el grupo parlamentario del PRI, la diputada Cristina González Cruz señaló que la Ley de Amparo incorpora nuevas tecnologías informáticas para la imposición del juicio y los recursos; es más ágil porque establece nuevos plazos y maneras en las que los juzgadores deben proceder; más transparente porque, de la mano de la modernización, la publicidad de las actuaciones de los juzgados, así como sus resoluciones y sentencias, serán de fácil acceso y de forma casi instantánea.

Con esta ley, afirmó, se garantiza la ampliación de los derechos humanos de todas las mexicanas y los mexicanos; se fortalece el rol constitucionalmente previsto para las víctimas al reconocer sus derechos para intervenir y participar en los procesos que les afecten; se reduce la discrecionalidad de los juzgados y de los juzgadores, dotando de certeza jurídica de los derechos fundamentales, y se evita el desgaste institucional del Poder Judicial.

De Acción Nacional, el diputado José Arturo Salinas Garza expresó que esta nueva ley amplía la protección de los ciudadanos frente a la autoridad, agiliza la tramitación, garantiza el acceso democrático a la justicia y beneficia a los ciudadanos que no pueden pagar un abogado al ampliar de manera universal una resolución que declara inconstitucional una norma.

Con el nuevo ordenamiento, precisó, se moderniza a las instituciones del país al permitir la tramitación electrónica del juicio de amparo y la digitalización de todos los expedientes para otorgar mayor transparencia y prontitud en el acceso a la justicia, y se le quita a los delincuentes la posibilidad de defenderse contra el Estado, pues no podrán tener suspensiones cuando el Estado vaya en contra de sus bienes.

El diputado Alejandro Carbajal González (PRD) destacó que la nueva Ley de Amparo introduce limitaciones a la posible arbitrariedad gubernamental en contra de los particulares, como son el respeto y la promoción de los derechos humanos y la inclusión de las llamadas acciones colectivas, lo que representa una posición de vanguardia del Congreso Mexicano.

Señaló que con ello se contribuirá a que México cuente con leyes de avanzada. “Estamos en una época en donde el respeto a los derechos humanos han alcanzado el más alto rango en escala de valores y esta nueva ley cumple ese requisito”.

El diputado Antonio Cuéllar Steffan (PVEM) mencionó que esta nueva Ley de Amparo no estará a la par de los derechos humanos, por lo que, afirmó, se deberá discutir próximamente reformas a esta o bien al artículo 1º de la Constitución.

“Es de vital importancia que los jueces tengan los instrumentos legales que les permitan interceder para la conservación de las garantías de todos los mexicanos. La ausencia de normas adecuadas ha dado lugar a desechar amparos”.

El diputado Ricardo Monreal Ávila (Movimiento Ciudadano) se manifestó en contra por considerar que “el amparo no sería amparo sin suspensión, porque ésta se otorga para garantizar que los daños no sean irreparables y que el particular pueda acudir a la justicia por un abuso de la autoridad. Si le quitan la suspensión le quitan la esencia al amparo y lo desnaturalizan”.

Cuestionó que a pesar de que hay avances considerables en el dictamen, se suprimen diversas figuras jurídicas, por lo que calificó como grave que no se haya dado pie al enriquecimiento del proyecto a través de foros, seminarios y opiniones de expertos que apuntalen el contenido de la reforma.

La diputada Lilia Aguilar Gil (PT) señaló que se modernizan los juicios de amparo, ya que se crea la figura del amparo prioritario en casos de urgencia atendiendo el orden público a petición de las Cámaras o del Ejecutivo Federal.

“Es importante decir que muchos de los actos de autoridad no se hacen por funcionarios públicos, sino por particulares a los que el Estado les ha dado la facultad”, agregó.

El diputado Luis Antonio González Roldán (Nueva Alianza), consideró que los alcances del amparo se han extralimitado y los particulares han abusado debido a los defectos sistémicos que existen.

“El amparo se ha pervertido y ha protegido a particulares más allá del interés general, como es el caso de la operación de casinos o de la sobreexplotación de mantos acuíferos bajo la protección de este recurso”.

Al razonar su voto, el diputado Tomás Torres Mercado (PVEM) consideró que no hay ningún asunto en este país que no pare en el Poder Judicial Federal porque no se cumple con el mandato de justicia pronta y expedita como lo establece la ley.

El diputado Julio César Moreno Rivera (PRD) dijo que esta reforma es necesaria para la impartición de justicia en el país y la Ley de Amparo permitirá garantizar la defensa de los derechos humanos y contiene diversas innovaciones como el interés legítimo.

Moción suspensiva

El Pleno rechazó la moción suspensiva impulsada por el diputado José Antonio Hurtado Gallegos (Movimiento Ciudadano) para detener inmediatamente y de manera indefinida la discusión del dictamen de la Ley de Amparo.

Votación en lo particular

Los artículos reservados para su discusión en lo particular fueron: 1, 4, 5, 16, 17, 40, 61, 75, 79, 85, 107, 117, 122, 124, 129, 135, 166, 173, 174, 192, 198, 217 y 231, en diversas fracciones de éstos.

Con 391 votos a favor, 59 en contra y 6 abstenciones, el Pleno Camaral aprobó las reservas a los artículos 1, 4, 5, 16, 17, 40, 61, 75, 79, 85, 107, 117, 122 y 124, para quedar en términos del dictamen.

Se avaló con 425 votos a favor, 29 en contra y 1 abstención el artículo 129, en el párrafo último y en su fracción primera y décimo primera. En términos del dictamen y con la reserva aceptada por el Pleno, al artículo 129 en su fracción primera.

En tanto que el 129, fracción décimo tercera, obtuvo una votación de 261 votos en pro, 185 en contra y 10 abstenciones. Quedó en términos del dictamen.

De igual modo, se avaló con 360 votos a favor, 70 en contra y 3 abstenciones, en términos del dictamen, las reservas a los artículos 135, 166, 173, 174, 192, 198, 217 y 231.

Posterior a las votaciones en lo particular, el vicepresidente de la Mesa Directiva, diputado José González Morfín (PAN) declaró aprobado en lo general y particular, el dictamen que expide la Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política; y de reformas y adiciones a las Leyes Orgánica del Poder Judicial de la Federación; Reglamentaria de las fracciones I y II del artículo 105 de la Constitución Política; Orgánica de la Administración Pública Federal; Orgánica del Congreso General, y Orgánica de la Procuraduría General de la República.

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