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Boletín N°. 0924 Detendrán diputados con reformas de ley la proliferación de los llamados “productos milagro”

19-02-2013.- La Cámara de Diputados aprobó por unanimidad de 433 votos reformas a la Ley General de Salud para precisar en las etiquetas de los productos terapéuticos la advertencia: “no sirven para diagnosticar, tratar, curar o prevenir ninguna enfermedad o padecimiento, ni síntoma asociado con la misma”.

De igual modo, establecer que no son medicamentos y por no tener estudios clínicos se desconocen sus posibles efectos en la salud.

La reforma al artículo 216 busca que las empresas establezcan en las etiquetas de sus productos la citada leyenda, a fin de que el usuario pueda leer claramente que el contenido “no cura o previene enfermedades”.

De esta manera, las personas podrán ver claramente que los productos pueden ser auxiliares, “pero no hacen milagros”, lo que les proporcionará la información para que ellos puedan tomar la decisión que mejor les convenga.

Al fundamentar el dictamen, la diputada Eva Diego Cruz (PRD), secretaria de la Comisión de Salud, señaló que los “productos milagro” también se llaman “productos frontera” porque cruzan el rubro en que originalmente deberían estar clasificados. Su publicación incumple con la normatividad en la materia, además de que promueven grandes beneficios que no corresponden a su naturaleza.

Detalló que se elaboran a base de plantas o sustancias de origen natural, sintético o son preparados con diversos nutrientes; se presentan en pastillas, geles, cremas, parches, inyecciones, jabones o bebidas. La mayoría se caracterizan por exaltar en su publicidad, una o varias cualidades terapéuticas preventivas, rehabilitadoras o curativas, que van desde cuestiones estéticas, hasta la solución a problemas de salud.

Enfatizó que el uso de estos productos de manera irracional y sin control, puede presentar grandes riesgos farmacológicos, de contaminación biológica y de alteración en condiciones físicas.

La diputada María Sanjuana Cerda Franco (Nueva Alianza) se pronunció a favor de la reforma porque “los llamados productos milagro ofrecen una esperanza sin fundamento a sus consumidores y sólo generan un deterioro económico y emocional en quienes los consumen”.

Refirió que de acuerdo con la Comisión Federal para la Protección Contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) de la Secretaría de Salud, los productos milagro, de los que han identificado más de 250 en México, están mal clasificados. Sus fabricantes suelen registrarlos como artículos cosméticos o suplementos alimenticios, cuando en realidad son otra cosa.

Por el PT, la diputada María del Carmen Martínez Santillán mencionó que algunas consecuencias graves para las personas que ingieren los productos milagro son alteraciones en la presión arterial; infartos; pérdida del equilibrio; somnolencia; intoxicación e incluso derrame cerebral.

Consideró que la Secretaría de Salud, y en específico la Cofepris, deben implementar de manera determinante sus atribuciones y erradicar los graves males que provocan los productos milagro y perseguir a sus productores y castigar a los distribuidores.

El diputado Juan Ignacio Samperio Montaño (MC) señaló que la Cámara de Diputados está obligada a garantizar que la información necesaria sobre estos productos esté impresa en la etiqueta, escrita con claridad y en letras contrastantes accesibles al consumidor.

Sostuvo que se debe exigir el cumplimiento irrestricto de la ley y la aplicación de medidas cautelares para salvaguardar la salud y que se suspenda la publicidad engañosa, asegure el producto y prohíba su fabricación.

La diputada María del Rosario de Fátima Pariente Gavito (PVEM) recalcó que esta clase de productos constituyen una amenaza seria porque retrasan la posibilidad de que los pacientes se pongan en manos de un especialista que les brinde la atención médica, profesional y adecuada.

Aclaró que estos productos se agrupan en dos clases; primero, los medicamentos que aseguran aliviar alguna enfermedad cuando en la mayoría sólo sirven para aminorar los síntomas. En el segundo grupo, los que no son medicamentos sino suplementos alimenticios que prometen curar enfermedades o malestares físicos y mentales.

Del PRD, la diputada Lorenia Iveth Valles Sampedro dijo que en México lamentablemente se ha incrementado el número de empresas que lucran con la necesidad de quienes buscan una cura, por lo que es indispensable que la población sea informada de que los productos milagro no son sustancias que tratan, curan o previenen enfermedades, padecimientos o síntomas asociados con la misma.

Por ello, agregó, es necesario especificar que no son medicamentos y con esta información los usuarios estarán en posibilidad de decidir sobre su uso y no fiarse de productos que prometen, como su nombre lo indica, milagros.

La diputada Marcelina Orta Coronado (PAN) precisó que esta medida es de alta trascendencia, ya que le ofrece al consumidor herramientas de información claras y precisas para que tome su mejor decisión.

Recalcó que no debe ser calificado como medicamento un producto que, si bien tiene cierta influencia en el cuerpo humano, no puede modificar de forma significativa las funciones fisiológicas.

El diputado Leobardo Alcalá Padilla (PRI) indicó que no se sabe científicamente cuáles son las sustancias que contienen, pero que en el hígado, riñón y cerebro provocan un daño irreversible. “A un niño darle este tipo de medicamentos lo que le va a causar son trastornos, en ocasiones, neurológicos”.

Subrayó que con esta reforma a la Ley General de Salud se favorecerá a millones de personas a no consumir algo que les va a perjudicar en su salud.

La reforma se envió al Senado de la República para sus efectos constitucionales.

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