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Boletín N°. 0930 Reiniciará próximo lunes análisis de dictamen sobre inmunidad de funcionarios; pretenden lograr unanimidad

19-02-13.- La Comisión de Puntos Constitucionales se declaró en sesión permanente para analizar, discutir y en su caso aprobar el dictamen de la minuta que adiciona, reforma y deroga diversas disposiciones de los artículos 61, 111 y 112 de la Constitución Política, en materia de inmunidad de servidores públicos.

El presidente de este órgano legislativo, Julio César Moreno Rivera, tras la verificación del quórum y dar lectura al orden del día, decretó un receso e informó que será hasta el próximo lunes cuando se reanude la sesión.

El motivo, dijo, es tratar de llegar a un consenso en torno a las distintas propuestas de modificación del dictamen.

“La idea es darnos unos días para tratar de llegar con un proyecto que cuente con la unanimidad de los integrantes de la Comisión de Puntos Constitucionales”, subrayó.

El diputado Moreno Rivera recordó que el pasado 6 de diciembre de 2011, el Pleno de la Cámara de Diputados recibió del Senado de la República la minuta que reforma los artículos 61, 111 y 112 constitucionales, a fin de ser analizada y votada.

La propuesta de la colegisladora, dijo, cambia el término fuero por el de inmunidad, velando por la protección de la función y no del sujeto.

Por lo que se refiere al artículo 61, dijo, se señala que los diputados y senadores no podrán ser juzgados por las opiniones que manifiesten en el tiempo que dure su encargo.
En cuanto al artículo 111 se reforma el texto con la finalidad de que todos los servidores públicos, incluyendo al Presidente de la República, puedan ser juzgados como cualquier otro ciudadano, por los delitos que cometan durante el ejercicio de su encargo.

Se precisa que “sólo podrán ser retirados de su función hasta el momento en que se dicte sentencia condenatoria con la votación de la Cámara de Diputados por mayoría absoluta”.

El legislador agregó que en torno al artículo 112 constitucional se plantea establecer que no se requerirá el retiro de la inmunidad cuando alguno de los servidores públicos al que hace referencia el primer párrafo del artículo 111, hubiera sido sometido a proceso penal durante el tiempo en que se encuentre separado de su encargo.

Con esas modificaciones, concluyó, se salvaguarda la libertad de expresión de los legisladores durante el tiempo que desempeñen su encargo y, además, “la inmunidad del servidor público queda regulada con mayor claridad”.

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