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Boletín N°. 1003 Aprueban en lo particular reformas en materia de inmunidad de servidores públicos

27-02-2013.- La Comisión de Puntos Constitucionales aprobó en lo particular las reservas presentadas al dictamen con proyecto de decreto por el que se adicionan, reforman y derogan diversas disposiciones de los artículos 61, 111, 112 y 114 de la Constitución Política en materia de inmunidad de servidores públicos.

El diputado Julio César Moreno Rivera (PRD), presidente de este grupo legislativo, destacó que uno de los cambios más importantes es que el tema de inmunidad no será aplicable al Presidente. Quedó como está en la Constitución; se dejó el modelo actual.

Explicó los cambios aprobados al dictamen: “prácticamente la palabra desafuero desaparece, el fuero desaparece y se cambia por inmunidad, pero lo más importante ahora es que cualquier servidor público, exceptuando al Presidente de la República, ante la comisión de un delito penal, tiene que enfrentar a la justicia como cualquier ciudadano”.

Durante la reunión de esta Comisión, diputados de diferentes grupos parlamentarios presentaron reservas que modificaron el dictamen, el cual, dijo Moreno Rivera, representa un gran avance porque anteriormente enfrentar a la justicia teniendo fuero era imposible.

Con las reformas, agregó, los servidores públicos al cometer un delito penal, aunque tengan fuero, que ahora se va a llamar inmunidad, podrán ser llamados a cuentas.

Se avaló la reserva del diputado Damián Zepeda Vidales (PAN) para eliminar el procedimiento de declaración de procedencia del párrafo cuarto del artículo 111 y que la Cámara de Diputados no participe en el proceso para separar del cargo a un legislador o decidir que la sentencia ejecutoria que haya emitido un juez pueda ser procedente.

También se aprobó adicionar el párrafo séptimo a ese mismo artículo 111, propuesto por el diputado Pedro Domínguez Zepeda (PRI), a fin de que cuando los gobernadores o diputados locales, magistrados de los estados que sean sometidos a un proceso penal por delitos del fuero común, corresponda a las entidades federativas, a través de sus poderes constituyentes, la modificación a las constituciones locales para establecer lo conducente.

Asimismo, se avaló la propuesta del diputado Carlos Angulo Parra (PAN) para cambiar la redacción al artículo 112 y establece que cuando alguno de los servidores públicos a que hace referencia el artículo 111 de esta Constitución sea sometido a proceso penal durante el tiempo en que se encuentre separado de su encargo, y una vez dictado el auto de vinculación a proceso penal, no gozará del beneficio señalado en el mismo.

Se aprobó adicionar un artículo cuarto transitorio, propuesto por el legislador panista Fernando Rodríguez Doval (PAN) para señalar que “las legislaturas de las entidades federativas deberán adecuar en sus respectivas legislaciones las disposiciones del presente decreto en el término de seis meses a partir de su entrada en vigor”.

Se agregó también el artículo sexto transitorio para derogar el capítulo tercero de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, sobre el procedimiento de la declaración de procedencia, adición que fue propuesta por el diputado Ricardo Villarreal García (PAN).

La propuesta de modificación al artículo 111, párrafo sexto, referente al caso del Presidente de la República, fue presentada por el diputado Raymundo King de la Rosa (PRI).

También se aprobó eliminar el párrafo 10° del mismo artículo, propuesta del diputado Ricardo Villarreal García (PAN)

Carlos Fernando Angulo Parra (PAN) propuso modificar en el artículo tercero transitorio el término de estatal por local, para que sea incluido el Distrito Federal.

La reserva presentada por el diputado Jorge Francisco Sotomayor Chávez (PAN) es para adicionar un artículo 5° transitorio para establecer que las decisiones que regulan la organización y funcionamiento de los órganos a que hace referencia el cuarto párrafo del artículo 111 del presente decreto, deberán ser adecuadas de conformidad con lo previsto en el mismo dentro del término de 6 meses a partir de su entrada en vigor.

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