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Boletín N°. 2479 Protegen datos biométricos de la población, en especial de los menores de edad

• Su debido tratamiento implica evitar cualquier clase de falsificación y robo de identidad

05-11-2013.- El Pleno camaral aprobó, con la unanimidad de 373 votos a favor, fortalecer el marco jurídico para el tratamiento y la protección de los datos biométricos de las personas y de los menores de edad, en particular.

Se modificó el artículo 3 la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares para incluir en la definición de datos personales sensibles, la identificación biométrica, toda vez que el avance de las tecnologías hace posible el almacenamiento y tratamiento de información que pueden revelar la personalidad y aspectos íntimos de sus titulares.

La adición de un párrafo al artículo 8 de este mismo ordenamiento, establece que en el tratamiento de datos personales, si el titular es un menor de edad, el consentimiento nunca será tácito, y para que sea considerado como expreso, deberá constar la autorización del padre o tutor, cuya validez deberá ser verificada por el responsable del tratamiento de los datos.

En el dictamen turnado al Senado de la República para sus efectos constitucionales, se precisa que las técnicas biométricas usadas en las nuevas tecnologías permiten recabar aspectos físicos y fisiológicos de una persona que pueden ser transformados en datos personales sensibles, lo que requiere de un tratamiento y protección debida.

Algunos datos biométricos son: las huellas dactilares; análisis de iris y de retina; geometría de la mano; venas del dorso de la mano; patrones de voz; análisis del ADN; forma o cadencia al caminar; análisis de los gestos del rostro; forma e impresión de la firma o de la escritura.

Este dictamen implica la defensa de los derechos humanos, la dignidad de la persona, el respeto al derecho a la vida privada, al cuerpo humano y a aspectos más particulares e íntimos como la pertenencia a una raza de la especie humana y que pueden ser almacenados en sistemas gubernamentales y privados.

Se menciona que si bien los datos biométricos implican altas probabilidades de identidad correcta de las personas titulares, su debido tratamiento implica evitar cualquier clase de uso indebido y de falsificaciones e impedir el robo de identidad.

Además, se precisa que desde la pasada administración se inició la captura y almacenamiento de los datos personales y sensibles de menores de edad a través de la llamada Cédula de Identidad para Menores, misma que sólo podrá ser otorgada siempre y cuando los padres o los tutores de los menores soliciten dicho documento.

Estimó viable la reforma al artículo 8, en razón de que las disposiciones secundarias, en el caso de la Cédula de Identidad Personal, requieren del consentimiento de los padres y tutores para la realización de un acto jurídico con efectos plenos en el que intervienen menores.

En los posicionamientos, el diputado Luis Antonio González Roldán (Nueva Alianza) mencionó que el uso extensivo de las tecnologías de la información y de las telecomunicaciones ha permitido que los datos personales sean utilizados para fines distintos para los que originalmente fueron recabados, “lo que indubitablemente viola la esfera de privacidad de las personas”.

Argumentó que esta reforma representa una ampliación sobre el tratamiento y la tutela de los datos de identificación de la persona, lo que conlleva a la defensa de los derechos humanos, de la dignidad y al respeto irrestricto al derecho a la vida privada.

De Movimiento Ciudadano, el legislador Juan Luis Martínez Martínez destacó que empresas como Facebook y Yahoo se alimentan con los datos que día a día aportan sus usuarios y a la fecha no pueden garantizar la privacidad de los mismos. “La misma tecnología que permite conectarnos es la que también genera nuevos riesgos para la seguridad de la información personal”.

Indicó que hoy en día los desafíos para una mejor protección de datos deben enfocarse en la prevención y en la concientización. “Si queremos que cada persona se haga responsable de la información que difunde, aprenda a clasificarla y cuidarla, necesitamos mecanismos eficientes que coadyuven en la defensa de los ciudadanos sobre cualquier instrucción y difusión de datos privados”.

La diputada Mónica García de la Fuente (PVEM) expresó que se debe reconocer que la tecnología crece a pasos agigantados, y con su acceso a los particulares, se encuentra la posibilidad de recabar los aspectos físicos y fisiológicos de cualquier persona; por ello, la importancia de incluir a los datos biométricos como información personal sensible.

Puntualizó que incluir en dicha categoría a los datos biométricos permitirá evitar cualquier clase de uso indebido y de falsificaciones e impedir el robo de identidad. Añadió que la reforma al artículo 8, protege la identidad de los más vulnerables, los niños, niñas y adolescentes.

En tanto, la diputada María de Lourdes Amaya Reyes (PRD) argumentó que el dictamen tiene como objetivo garantizar el respeto a la privacidad, dignidad e información de las personas a partir de los cuatro derechos fundamentales que toda persona tiene sobre su información: acceso, rectificación, corrección y oposición.

Resaltó que los datos biométricos deben ser considerados como sensibles, dado que se relacionan con el nivel más íntimo de su titular, pues no sólo revelan una identificación superficial sino que muestran características de origen étnico-racial e, incluso, su estado de salud.

Por Acción Nacional, el diputado José Arturo Salinas Garza manifestó que los avances tecnológicos han desarrollado técnicas de recopilación de información biométrica para la obtención de datos personales, lo que obliga al Congreso a avanzar en la actualización del ordenamiento jurídico y se haga efectiva la obligación de las autoridades de garantizar su ejercicio correcto.

Indicó que es importante proteger los datos personales de los menores, ya que se hace indispensable la autorización del padre, madre o tutor para la utilización de los mismos, y no se presuma tácito, “esto para dar certeza y seguridad a la información que se ha recabado en los últimos años para la implementación de la Cédula de Identidad Personal”.

La diputada Alma Marina Vitela Rodríguez (PRI) destacó que la protección de los menores de edad y de sus datos personales son elementos indispensables para asegurar su autonomía y decisión en cuanto a los alcances de su vida privada; de ahí que sea obligación garantizar su resguardo y protección para que la información se mantenga dentro de la esfera de la vida privada.

Añadió que existen riesgos en torno a la utilización de los datos biométricos, por lo que es necesaria una legislación que permita hacer frente a esta nueva problemática. “La utilización de la biometría es un motivo de profundas restricciones; es necesaria su regulación desde el punto de vista de la protección de derechos y libertades fundamentales”, indicó.

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