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Boletín N°. 2527 Aprueban reformas para evitar discriminación a hijos de madres solteras en documentos administrativos

12-11-2013.- La Cámara de Diputados aprobó por unanimidad una minuta que reforma las leyes para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, y General de Educación, para que los formatos o documentos análogos de cualquier trámite utilicen el término “apellido o apellidos”, a fin de evitar la discriminación en el registro de los nombres de los hijos de las madres solteras.

Las reformas avaladas con 435 votos a favor, fueron devueltas al Senado de la República para los efectos del artículo 72 constitucional.

Al fundamentar el dictamen, la diputada Adriana Hernández Iñiguez (PRI), presidenta de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, explicó que la reforma estriba en obligar a la autoridad administrativa a adecuar formatos o documentos necesarios para realizar cualquier trámite, con la finalidad de evitar la existencia de distinciones entre las personas que tienen ambos apellidos, de las que tienen un solo apellido.

Refirió que de acuerdo con el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), al día de hoy existen 4.5 millones de madres solteras que representan el 9.5 por ciento del total de mamás del país. Por ello, dijo, se busca reconocer y respetar el ejercicio del derecho de identidad de niñas, niños y adolescentes, para que en su acta de nacimiento sean registrados con los apellidos del progenitor que los reconozca y se utilicen para este caso el término apellido o apellidos.
Precisó que se reforma el artículo 22 de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, y se adiciona una fracción XIII Bis al artículo 33 de la Ley General de Educación, para hacerlos armónicos, congruentes y compatibles con el artículo 58 del Código Civil Federal que actualmente establece las características y especificidades de las actas de nacimiento, las cuales deben contener el nombre y apellidos que le correspondan.

El diputado José Angelino Caamal Mena (Nueva Alianza) resaltó que con la modificación se avanza en la eliminación de la discriminación por la jerarquización de los apellidos de las niñas y niños.

Comentó que según el Censo de Población de 2010, las familias biparentales representan el 70.9 por ciento y las monoparentales el 15.4 por ciento. Con los cambios, más de 3 millones de familias monopanetales tendrán mayor certidumbre sobre su identidad documental, además de reconocimiento de todas las personas que deben de ser iguales ante la ley.

En su turno, la legisladora María del Carmen Martínez Santillán (PT) precisó que la reforma se deriva de que en los formatos y documentos en uso en las diferentes dependencias, no consideran las diversas posibilidades de asentar los nombres y apellidos de las personas y se afectan sus derechos humanos.

Las modificaciones, dijo, tienen como objetivo fundamental no establecer diferencias entre las personas que cuenten con dos apellidos o con uno solo, ya que la discriminación cobra mayor relevancia cuando se trata de menores de edad que no comprenden a cabalidad el problema.

La diputada Zuleyma Huidobro González (MC) refirió que en ocasiones las niñas y niños no son registrados con sus dos apellidos, solamente con uno; “inclusive se les denomina hijos de padres desconocidos, hijos adulterinos, incestuosos, expósitos y abandonados, así como adoptivos y de concubinato, entre otros calificativos”.

Consideró que las reformas representan avances en trámites administrativos, pero para evitar la discriminación en niñas, niños y adolescentes se tienen que emprender acciones más contundentes. “Es fundamental que en nuestro Código Civil se plantee la no discriminación de niñas, niños y adolescentes por su origen”.

El diputado Ernesto Núñez Aguilar (PVEM) señaló que el dictamen pretende detener el acoso escolar y discriminación que sufren los niños de las 5 millones de madres solteras que sólo cuentan con un apellido.

Explicó que el dictamen impone a las autoridades educativas utilizar formatos o formularios o cualquier documento similar estableciendo el término “apellido” o “apellidos” para buscar equidad y terminar la discriminación de los hijos de las madres solteras.

La legisladora Beatriz Juárez Piña (PRD) sostuvo que el proyecto de ley establece la obligación de las autoridades de adecuar los formatos necesarios para realizar cualquier trámite con el fin de evitar la existencia de distinciones entre las personas que tienen ambos apellidos por sobre las que tienen un solo apellido.

Señaló que sólo 2 millones 100 mil 500 niños y niñas, es decir, solo el 79.4 por ciento cuenta con un registro oportuno de nacimiento, como lo indica el informe “La infancia cuenta 2012” de la Red por los Derechos de la Infancia en México (REDIM), y lamentó que la ausencia de ese registro se dé en las zonas indígenas.

El diputado Genaro Carreño Muro (PAN) afirmó que los niños registrados de madres solteras de quienes sus parejas optaron por eludir su responsabilidad, “son destinados a sufrir discriminación y señalamientos por parte de sus compañeros en los diferentes ámbitos en los que se desenvuelven, pero mayormente en la escuela”.

Por lo anterior, aseguró que con el dictamen se logrará que cada entidad federativa procure que cualquier documento requerido para cualquier trámite contenga el término “apellido” o “apellidos”.

La diputada Isela González Domínguez (PRI) se congratuló que el dictamen establezca la adecuación de los formatos con el fin de que utilicen ambos términos para evitar la discriminación de los hijos de las madres solteras.

“Entre las prácticas discriminatorias de los hijos de las madres solteras prevalece la diferencia entre las niñas y los niños que tienen un apellido o dos generando especulaciones negativas entre las filiaciones paterna y materna, lo que se traduce en un fenómeno de exclusión”, dijo.

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