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Boletín N°. 2641 Elevan diputados penas para castigar diversas formas de terrorismo

• Hasta 60 años de cárcel si es contra bienes de acceso público, la economía nacional o si se mantienen rehenes

• Máximo de 40 años a quien utilice armas químicas, biológicas o material radiactivo

• Límite de 12 años si el ataque es a aviones o servicios de navegación aérea

28-11-2013.- La Comisión de Justicia aprobó por mayoría el dictamen para castigar hasta con 60 años de cárcel la comisión de actos terroristas contra bienes de acceso público, que generen perjuicio contra la economía nacional, o que mantengan rehenes.

Penaliza con 40 años de cárcel a quien costee al terrorismo, e impone de uno a nueve años de prisión, y de 100 a 300 días multa, al que encubra a una persona que haya participado en el financiamiento.

El documento señala que el terrorismo es un acto predeterminado, no espontáneo, montado en estrategias planeadas que requieren de la participación de diversos actores que se apoyan tanto en mentes brillantes como en medios inimaginables que puedan causar el mayor daño posible, y se procuran recursos que les permitan lograrlo.

También incluye sancionar de 12 a 20 años de prisión y de 12 mil a 20 mil días multa el robo de materiales radioactivos y nucleares, así como de combustible nuclear, mineral radioactivo o fuentes de radiaciones con fines terroristas, en razón de que los mismos pueden producir un perjuicio considerable a la sociedad.

Asimismo, las penas de seis a 40 años pasan de 15 a 40, y de 400 a mil 200 días multa, a quien utilice sustancias tóxicas, armas químicas, biológicas o similares, material radiactivo y nuclear, combustible nuclear, mineral radioactivo, fuente de radiación o instrumentos que emitan radiaciones, explosivos o armas de fuego; o cuando por incendio, inundación o por cualquier otro medio violento, intencionalmente, realice actos en contra de bienes o servicios, ya sea públicos o privados.

Así también, actos en contra de la integridad física, emocional o la vida de personas, que produzcan alarma, temor o terror en la población o en un grupo o sector de ella, para atentar contra la seguridad nacional o presionar a la autoridad o a un particular, u obligar a estos a que tome una determinación.

Establece que se puede incrementar la pena máxima de 40 años en una mitad, por lo que se darían hasta 60 años de cárcel cuando el acto terrorista sea contra bienes de acceso público, genere perjuicio contra la economía nacional o si se mantienen rehenes.

Lo anterior, para dar cumplimiento a lo establecido en la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional al homologarse las conductas previstas para terrorismo nacional con las del terrorismo internacional y ampliarse las consecuencias de tal conducta.

Incluye castigos de seis a doce años de prisión y de 200 a 600 días multa a los ataques terroristas que destruyan total o parcialmente vías de comunicación, instalaciones o servicios de navegación aérea o marítima o de aeropuertos que presten servicios a la aviación civil, alguna plataforma fija o una nave, aeronave u otro vehículo de servicio público federal o local.

Establece que si estos medios de transporte se encontraran ocupados por una o más personas, se aplicará de 20 a 30 años de prisión.

Los diputados aprobaron fortalecer las sanciones a las operaciones con recursos de procedencia ilícita, para fortalecer las acciones dirigidas a mermar las estructuras financieras de las organizaciones criminales, dada la magnitud del daño que éstas le ocasionan a la sociedad, tanto directamente en su economía como por su vínculo como proveedores de recursos de la delincuencia organizada y el financiamiento al terrorismo.

También acordaron no considerar terrorismo a “las manifestaciones que realicen las personas y grupos sociales en el ejercicio de los derechos humanos, sociales o de cualquier otro derecho contenido en la Constitución y en los Tratados internacionales que, sin atentar contra bienes jurídicos de personas, tengan la finalidad de presionar a la autoridad para que se tome una determinación en cierto sentido sobre alguna demanda”.

Además, el dictamen relativo a la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Código Penal Federal; del Código Federal de Procedimientos Penales; de la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada, del Código Fiscal de la Federación y de la Ley Federal de Extinción de Dominio, reglamentaria del artículo 22 constitucional, propone que todos estos delitos sean considerados graves y sean perseguidos como actos de delincuencia organizada.

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