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Boletín N°. 2363 Conoce el Pleno dictamen en materia de seguridad social universal

22-10-2013.- La Cámara de Diputados conoció cuatro dictámenes para trámite de publicidad. Uno de ellos, el que reforma los artículos 4, 73 y 123 de la Constitución Política, en materia de seguridad social universal.

Conforme al dictamen se establece que el Estado garantizará los derechos de los adultos mayores, velará para que reciban servicios de salud y promoverá su integración social y participación en las actividades económicas y culturales de su comunidad.

Se faculta al Congreso de la Unión para legislar en materia de adultos mayores, a fin de establecer el derecho de una pensión para apoyar sus gastos básicos de manutención durante la vejez, en los términos que las leyes determinen.

La reforma al artículo 123 constitucional permitirá incluir en la Ley del Seguro Social, los seguros de cesantía en edad avanzada y de desempleo, y que sean administrados y ejecutados por el Instituto Mexicano del Seguro Social.

En el documento se puntualiza que el problema de la protección frente al desempleo, ha sido uno de los principales temas que ha concentrado la atención tanto del gobierno federal como de las entidades federativas y del Distrito Federal.

Otro dictamen reforma el artículo 7 de la Ley Federal para Prevenir y Sancionar la Tortura, para que el perito médico legista realice el reconocimiento del reo o detenido, siempre que éste lo solicite, en un área privada, adecuándose a los lineamientos internacionales en la materia, con la obligación de asentar en su dictamen los signos físicos y psicológicos de tortura y malos tratos observados.

Uno más modifica el artículo 3 y adiciona un párrafo al artículo 8 de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, a fin de incluir en la definición de datos personales sensibles la identificación biométrica.

Se plantea que en el tratamiento de datos personales, si el titular es un menor de edad, el consentimiento nunca será tácito; y para que sea considerado como expreso deberá constar la autorización del padre o tutor, cuya validez deberá ser verificada por el responsable del tratamiento de los datos.

También se conoció el dictamen que adiciona la fracción XIX al artículo 5 de la Ley Federal de Fomento a las Actividades realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil, con el propósito de fomentar el apoyo a las autoridades en la atención, búsqueda y localización de menores de edad sustraídos o extraviados y de personas mayores desaparecidas, y asistencia a las víctimas indirectas afectadas por esos actos.

Aniversario de la Constitución de Apatzingán

En tanto, el diputado Silvano Aureoles Conejo (PRD) presentó una efeméride con motivo del Aniversario de la Constitución de Apatzingán, promulgada el 22 de octubre de 1814, y cuyo nombre original fue Decreto Constitucional para la Libertad de la América Mexicana.

Mencionó que a esta Constitución se le conoce como la primera Carta Magna del país, y es el resultado del desarrollo ideológico de las diferentes etapas que hasta entonces había tenido la lucha de Independencia.

La Constitución de Apatzingán, destacó, tiene sus antecedentes en los elementos Constitucionales de la Junta de Zitácuaro, atribuidas a Ignacio López Rayón, y recoge entonces los Sentimientos de la Nación, de José María Morelos.

En ella, dijo Aureoles Conejo, se encuentra todo un planteamiento de organización política del país conforme a la necesidad que tenían los Insurgentes de darle rumbo a la nación, y están contenidos algunos de los altos derechos humanos, cuya protección se proclama para “la felicidad del pueblo y en cada uno de los ciudadanos”.

Desde su curul, el diputado Eligio Cuitláhuac González Farías (PRI) reiteró la propuesta de declarar al 2014 como el “Año del Bicentenario de la Constitución de Apatzingán”, y constituir una comisión especial para conmemorar dicho evento.

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