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Nota N°. 1471 DEMANDA PT LIMITAR FACULTADES A LA CORTE

Con el propósito de limitar facultades a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el grupo parlamentario del Partido del Trabajo presentó una iniciativa de ley que reforma el artículo 94, párrafo séptimo de la Constitución Política.

Al argumentar la iniciativa, el diputado petista Joel Padilla Peña afirmó que el documento establece que el Máximo Tribunal sólo pueda emitir acuerdos generales que permitan una adecuada distribución entre las Salas de los asuntos que le competa conocer, y que dichos acuerdos serán sólo de naturaleza administrativa y no jurisdiccional.

Explicó que "el pleno de la Corte no debe emitir acuerdos generales que vayan contra la facultad que se le otorga. Sin embargo, existen casos en los que el Pleno se extralimita en la facultad de emisión de acuerdos generales, tal es el caso del Acuerdo General No. 12/2004 del 29 de noviembre de 2004, publicado en el Diario Oficial de la Federación el martes 7 de diciembre de 2004, por el que se otorga facultades a las Comisiones de Receso para proveer los trámites urgentes de asuntos jurisdiccionales".

Destacó que el Pleno de la Suprema Corte de Justicia, se ha tomado facultades legislativas que únicamente corresponden al Congreso de la Unión, al ampliar lo dispuesto en el párrafo séptimo del artículo 94 constitucional y emitir un acuerdo general en donde otorga a la Comisión de Receso, es decir, a dos ministros, facultades jurisdiccionales que son de competencia exclusiva del Pleno y que además, sustituyen al propio Presidente de la Corte y al Ministro Instructor en dictar dichos trámites.

Padilla Peña explicó que de acuerdo a lo establecido en la Constitución Política, el Poder Legislativo está facultado para emitir disposiciones de carácter general, sean éstas leyes o decretos. El Poder Ejecutivo tiene la obligación de aplicar en el ámbito administrativo dichas leyes, mientras que el Poder Judicial de la Federación debe dirimir los conflictos que se susciten por la aplicación de dichas normas.

Finalmente, subrayó que "en ningún caso, el Poder Judicial tiene la facultad para legislar, sustituyendo el mandato del Poder Legislativo contenido en las Leyes. Este hecho, es grave, atenta contra el Estado de Derecho y vulnera el principio de seguridad jurídica que la sociedad debe tener".

 
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