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Nota N°. 1699 APRUEBAN DIPUTADOS REFORMAS A LA LEY SOBRE NEUTRALIDAD DEL PAÍS

El Pleno de la Cámara de Diputados aprobó, por 390 votos, un dictamen de la Comisión de la Defensa Nacional que reforma diversos artículos de la Ley para Conservar la Neutralidad del País, expedida por el presidente Lázaro Cárdenas en 1939, con el propósito de adecuar la terminología a los avances tecnológicos.

El derecho a la neutralidad explica la relación que existe entre los Estados participantes en un conflicto bélico y los que no participan, y establece las normas jurídicas internacionales que ubican a la guerra y limitan su ubicación terrestre y marítima, para aminorar el impacto de las hostilidades socio-político-económicas de los países neutrales.

En este sentido, se aprobó la minuta del Senado de la República para que no sean admitidos, ni puedan permanecer en puertos, fondeaderos o aguas territoriales mexicanas, los submarinos, portaviones u otros barcos de guerra de países que participen en un conflicto armado.

Tampoco se admitirán los aviones, ni vehículos aéreos algunos que se encuentren a bordo de barcos o portaaviones salvo que el gobierno mexicano autorice su estancia con la finalidad exclusiva de cargar combustible para llegar al puerto más cercano de su país.

Sami David David (PRI), secretario de la Comisión de Defensa Nacional, comentó que tradicionalmente los Estados declaraban la guerra en forma expresa, pero en las últimas décadas, debido a que las guerras se han convertido en insurgencias y contrainsurgencias, es difícil precisar en qué momento las hostilidades de transforman en guerra.

El dictamen establece además que sólo en caso de ataques al territorio nacional, México responderá de manera inmediata a las provocaciones que se presenten, disponiendo de los recursos de las Fuerzas Armadas.

También se especifica que la vigilancia del cumplimiento de la Ley para Conservar la Neutralidad del País corresponderá a las Secretarías de la Defensa Nacional, Marina, Relaciones Exteriores, Gobernación y Seguridad Pública.

AZ/JGM

 
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