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Nota N°. 2008 PRESENTARÁ PRD INICIATIVA QUE OTORGA A ENFERMOS EN ESTADO TERMINAL LA OPCIÓN DE CONCLUIR CON SU VIDA

Diputados del PRD informaron que presentarán mañana miércoles, en la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, una iniciativa para crear la Ley General de los Derechos de las Personas Enfermas en Estado Terminal, que otorgar a los individuos la opción de terminar con su vida.

La iniciativa pretende reglamentar la práctica de la terminación voluntaria de la vida, como un derecho de los enfermos terminales a decidir la forma y el momento de su muerte, cuando padezcan de intensos sufrimientos o una agonía larga y dolorosa a causa de una enfermedad grave e incurable.

Conjuntamente se modifica el Código Civil Federal para introducir la figura de “Testamento de Vida”, donde el interesado expresa qué atenciones médicas quiere recibir cuando padezca un mal irreversible, así como adiciones al Código Penal Federal para que no se castigue a quien preste auxilio a una persona para morir, siempre y cuando ésta lo haya pedido expresamente.

El documento fue expuesto en rueda de prensa por los diputados del PRD Eliana García Laguna y Rafael García Tinajero.

Dijeron que de aprobarse la propuesta, se garantizaría la ayuda médica a todas las personas enfermas, en estado terminal, para que pongan fin a su vida, siempre y cuando hayan elaborado la Solicitud de Terminación Voluntaria de la Vida.

Para solicitar el mencionado trámite, la persona enferma deberá estar en pleno goce de sus facultades mentales, ser mayor de edad, estar informado sobre las alternativas terapéuticas de su padecimiento, haber recibido tratamiento paliativo y hacer la petición de manera libre, autónoma y voluntaria.

A fin de que proceda la Solicitud de Terminación de la Vida, el diagnóstico de que el paciente padece de una enfermedad terminal tiene que ser suscrito por tres doctores: un médico tratante especialista en la enfermedad, otro designado por la institución donde se encuentre el paciente y uno más de la Secretaría de Salud.

Posteriormente, por mayoría simple, tendrían que llegar a cinco conclusiones: que es un padecimiento irreversible e incurable, que el estado de la persona es insoportable y sin esperanzas de mejoría, que no existe ninguna otra solución para su enfermedad y que ha recibido todos los tratamientos disponibles.

Para que la persona pueda ejercer el derecho a morir, debe, además contar con la resolución favorable del Comité de Bioética de la institución donde se encuentre recibiendo atención, someterse a intervención psicológica y ratificar verbalmente su decisión, que se deberá ejecutar en un plazo no menor de siete días ni mayor de 10.

El mencionado Comité es el órgano médico de cada institución de salud, pública o privada, que aceptará o rechazará la solicitud del paciente enfermo, y contará con siete integrantes: cuatro doctores, dos profesionales del derecho, filosofía o sociología y un representante de la persona enferma.

Serán los médicos designados por la institución correspondientes los que definan el método farmacológico, la dosis y la vía de administración adecuada para terminar con la vida del paciente y éste puede elegir en presencia de quién quiere morir.

“Legislar sobre la terminación voluntaria de la vida representa una lucha por el reconocimiento del derecho a la muerte digna, entendida ésta como aquella que no prolonga la vida por medios artificiales donde la existencia se agota lentamente y sólo e atiende al ser biológico y no al ser humano”, señala la iniciativa.

AZ/JGM

 
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